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GASTOS ANTICIPADOS

A ver si alguien puede ayudarme con esta dudilla que se me plantea:
Tengo una factura de gasto de publicidad por 6.000 € + 960€ de IVA, lo que hace un total factura de 9.960€. Esta publicidad se va a hacer en 1 año, es decir, desde octubre de 2007 a octubre de 2008, por lo que de los 6.000€, tan solo 1.500 corresponden como gasto realmente a este ejercicio 2007 ya que el resto correspondería al 2008. ¿Pero qué pasa con el IVA? ¿Contabilizo todo el IVA soportado en el 2007 y por lo tanto me lo deduzco este año?¿Cómo lo contabilizo?

El IVA lo tienes que contabilizar como soportado en el momento del registro de la factura y recuperarlo en la correspondiene declaración trimestral del mod. 300.
Por lo que respecta a la base imponible del gasto, deberás periodificarla en la proporción que corresponda al año 2008, utilizando para ello la cuenta 480-Gastos anticipados.
Debe: 480-Gastos anticipados
Haber: 627-Publicidad, propaganda y relaciones públicas

Muchas gracias, es justo lo que pensaba.
Un saludo y gracias por todo