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INTERESES DE DEUDAS A LARGO PLAZO

Buenos Dias.-

En el año 2007, teniamos registrados los intereses de prestamo a largo plazo en la cuenta 176

Ahora con el nuevo plan contable, esta cuenta ha desparecido, ¿por favor me podeis indicar a que cuenta debo llevar el saldo que tenemos en la citada cuenta 176 (Intereses Prestamo L/P)

Saludos.-

Hola, los intereses del prestamo los tienes que contabilizar en una cuenta de gasto. en este caso 662, intereses de deudas

y si es un credito a largo plazo la amortizacion es lo q tendrias que llevar a la cuenta 170 (deudas a largo plazo con entidades de credito)

un saludo

Me vale esa respuesta, pero los importes de intereses que tengo en la cuenta 176 corresponden a intereses de varios años, que se pagaran en su dia .

Segun me comentas hay que llevar todos los importes contra gasto, incluso los que sean del año 2009, 2010 etc..

Perdona pero no lo veo claro.

Los intereses devengados y aún no pagados de préstamos a corto o largo plazo, cuyo vencimiento de pago sea a corto plazo ( sobre fecha de cierre), se registrarán en la 527 :
"527. Intereses a corto plazo de deudas con entidades
de crédito.
Intereses a pagar, con vencimiento a corto plazo, de deudas con entidades de crédito.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará por el importe de los intereses explícitos devengados durante el ejercicio, incluidos los no vencidos,con cargo a la cuenta 662.
b) Se cargará cuando se produzca el pago, con abono a cuentas del subgrupo 57."

En caso de que por igual circunstancia estos intereses devengados y no pagados, tuvieran un vencimiento superior al año, sobre la fecha de cierre, deberian incluirse su registro en la 170, junto con el capital pendiente. Véase :

"17. DEUDAS A LARGO PLAZO POR PRÉSTAMOS RECIBIDOS,
EMPRÉSTITOS Y OTROS CONCEPTOS
170. Deudas a largo plazo con entidades de crédi to.
171. Deudas a largo plazo.
172. Deudas a largo plazo transformables en subvenciones,
donaciones y legados.
173. Proveedores de inmovilizado a largo plazo.
174. Acreedores por arrendamiento financiero a
largo plazo.
175. Efectos a pagar a largo plazo.
176. Pasivos por derivados financieros a largo
plazo.
177. Obligaciones y bonos.
179. Deudas representadas en otros valores negociables.
Financiación ajena a largo plazo contraída con terceros
que no tengan la calificación de partes vinculadas,
INCLUYENDO LOS INTERESES DEVENGADOS CON VENCIMIENTO SUPERIOR AL AÑO.La emisión y suscripción de los valores negociables sevregistrarán en la forma que las empresas
tengan por conveniente mientras se encuentran los valores
en período de suscripción.
EN CASO DE QUE LAS DEUDAS DEVENGUEN INTERESES EXPLÍCITOS CON VENCIMIENTO SUPERIOR AL AÑO, SE CREARAN LAS CUENTAS NECESARIAS PARA IDENTIFICARLOS, DEBIENDO FIGURAR EN EL BALANCE EN LA MISMA PARTIDA EN LA QUE SE INCLUYA EL PASIVO QUE LOS GENERA.
Las cuentas de este subgrupo figurarán en el pasivo no corriente del balance.
La parte de las deudas a largo plazo que tenga vencimiento a corto deberá figurar en el pasivo corriente del balance, en el epígrafe «Deudas a corto plazo»; a estos
efectos se traspasará el importe que representen las deudas a largo plazo con vencimiento a corto a las cuentas correspondientes de los subgrupos 50 y 52.
170. Deudas a largo plazo con entidades de crédito
Las contraídas con entidades de crédito por préstamos
recibidos y otros débitos, con vencimiento superior a un año.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará:
a1) A la formalización de la deuda o préstamo, por el
importe recibido, minorado, en su caso, en los costes de
la transacción, con cargo, general mente, a cuentas del
subgrupo 57.
a2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar
el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente,
a la cuenta 662.
b) Se cargará por el reintegro anticipado, to tal o parcial,
con abono, generalmente, a cuentas del sub grupo 57.
Se incluirá, con el debido desarrollo en cuen tas de
cuatro o más cifras, el importe de las deudas por efectos
descontados."

Recuerdo que la cuarta y quinta parte del PGC no son obligatorías, por lo que tampoco hay que ceñirse extremadamente con los movimientos contables propuestos e ir más a la sustancia del marco conceptual y normas de registro y valoración