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Valor residual

He calculado un valor residual al comprar una máquina, pongamos 1000.-€ (10% del valor de adquisisción) Al finalizar su vida útil la quiero poner a la venta. La pregunta es: ¿El valor serán los 1000.-€ calculados el día de su compra o tendré que actualizarlos a día de hoy teniendo en cuenta el IPC.
Gracias

VAMOS A VER PORQUE NO ENTIENDO BIEN TU PREGUNTA, CREO QUE A LO QUE TU TE REFIERES ES EL VALOR NETO CONTRABLE QUE TENDRA AL FINAL DE SU VIDA QUE SERÁN LOS 1.000 EUROS QUE TU DICES QUE ES EL VALOR RESIDUAL Y NO SERÍA NECESARIO LO DEL IPC. CREO RESPONDERTE BIEN SALVO MEJOR OPINIÓN.

Vuelvo a redactar la consulta para que se entienda mejor:
Hace años compré una máquina por 10.000.-€. Le estimé un valor residual al término de su vida útil (hoy) de 1.000.-€ (10% precio de adquisición) A día de hoy su valor residual es de 1.000.-€ que estimé en su día. Hoy quiero vender esa misma máquina y quiero saber si su precio a día de hoy son esos 1.000.-€ o si habrá que actualizarlo con el IPC para saber exactament su valor a precios corrientes. (Si son 1.000.-€ del día de su compra o por el contrario son 1.000.-€ ya actualizados a día de hoy)
Lo quiero hacer para estimar el precio que puedo pedir a día de hoy por esa máquina (su valor residual)
Nuevamente gracias

El valor contable de la máquina, una vez amortizada al final de su vida útil, será por las 1.000 que estableciste en su dia como valor residual.
Puesta a la venta,obtendrás un ingreso, el que buenamente te permita la condición del mercado ( al margen de hipotéticas revalorizaciones por el IPC), el cual confrontado con los 1000 de su valor contable residual, condicionará el resultado de la operación, en beneficio o en pérdida, registrable en las 771 o 671 respectivamente.

COMO PERFECTAMENTE TE HA COMENTADO PETRUS ANTERIORMENTE, YO TE DIRÍA QUE TU MAS LO QUE NECESITAS EN INFORMARTE EN EL MERCADO QUE REALMENTE EXISTA DE ESA MAQUINA QUE TU TIENES EL PRECIO AL CUAL SE PUEDE VENDER Y ASI SACARAS BENEFICIO Ó PERDIDA CON ARREGLO A TU VALOR NETRO CONTABLE, YA QUE A LA HORA DE VENDER PREVALECERA LA LEY DE LA OFERTA Y LA DEMANDA.

Acuérdate que debes reclasificar el elemento como un activo mantenido para la venta.
Ojea en el libro este capítulo: http://www.contabilidad.tk/activos-no-corrientes-mantenidos-para-la-venta.html