14. De las provisiones del Plan 1990, al deterioro de valor del PGC 07

Al tomar contacto por primera vez con el PGC 07, quizás, esperábamos encontrar en él las provisiones que el Plan 1990 establecía y que eran generalmente las que más utilizábamos en nuestros asientos contables, tales como la provisión por depreciación de existencias, la de para insolvencias de clientes (tráfico) y la de por depreciación de valores negociables.

En el apartado 3 de este trabajo ya comentamos que en el PGC 07 desaparecían, como tales, todas las antiguas provisiones originadas por activos que valían menos de momento y que podían recuperar su valor posteriormente.

Ello era debido a que habían cambiado de nombre y que su nueva denominación era la de deterioro de valor.

En principio, parece que no correspondería hablar de ellas en este tema sobre las provisiones, porque ya no se llaman así, pero, debido a que su concepto y funcionamiento lo tenemos muy arraigado, no en vano, las hemos utilizado durante muchos años, vamos a dar una breve idea de su forma actual como deterioro de valor.

En principio y en general, podemos decir que el concepto y el tratamiento de las actuales correcciones por deterioro de valor de determinados activos figuran desarrolladas en las correspondientes normas de valoración del PGC 07 de los activos afectados, y su desarrollo contable en las definiciones y relaciones contables.

El funcionamiento contable de las cuentas habilitadas para el registro de las correcciones valorativas por deterioro de valor es, en general, muy semejante a la establecida en el PGC de 1990.

Examinemos la equivalencia básica de cuentas entre ambos planes:

 

DETERIORO DE VALOR DE LOS CRÉDITOS POR OPERACIONES COMERCIALES

Plan 1990
PGC 2007
694. Dotación a la provisión para insolvencias de tráfico 694. Pérdidas por deterioro de créditos por operaciones comerciales
490. Provisión para insolvencias de tráfico 490. Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales
794. Provisión para insolvencias de tráfico aplicada 794. Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales

 

DETERIORO DE VALOR DE LAS EXISTENCIAS

Plan 1990
PGC 2007
693. Dotación a la provisión de existencias 693. Pérdidas por deterioro de existencias
39. Provisión por depreciación de existencias 39. Deterioro de valor de las existencias
793. Provisión de existencias aplicada 793. Reversión del deterioro de existencias

 

DETERIORO DE VALOR DE PARTICIPACIONES Y VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA A LARGO PLAZO

Plan 1990
PGC 2007
696. Dotación a la provisión para valores negociables a largo plazo 696. Pérdidas por deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a largo plazo
297. Provisión por depreciación de valores negociables a largo plazo  
  297. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo
796. Exceso de provisión para valores negociables a largo plazo 796. Reversión del deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a largo plazo

 

DETERIORO DE VALOR DE PARTICIPACIONES Y VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA A CORTO PLAZO

Plan 1990
PGC 2007
698. Dotación a la provisión para valores negociables a corto plazo 698. Pérdidas por deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a corto plazo
597. Provisión por depreciación de valores negociables a corto plazo  
  597. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a corto plazo
798. Exceso de provisión para valores negociables a corto plazo 798. Reversión del deterioro de participaciones y valores representativos de deuda a corto plazo

 

DETERIORO DE VALOR DE LOS CRÉDITOS NO COMERCIALES A LARGO PLAZO

Plan 1990
PGC 2007
697. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a largo plazo 697. Pérdidas por deterioro de créditos a largo plazo
298. Provisión para insolvencias de créditos a largo plazo 298. Deterioro de valor de créditos a largo plazo
797. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a largo plazo 797. Reversión del deterioro de créditos a largo plazo

 

DETERIORO DE VALOR DE LOS CRÉDITOS NO COMERCIALES A CORTO PLAZO

Plan 1990
PGC 2007
699. Dotación a la provisión para insolvencias de créditos a corto plazo 699. Pérdidas por deterioro de créditos a corto plazo
598. Provisión para insolvencias de créditos a corto plazo 598. Deterioro de valor de créditos a corto plazo
799. Exceso de provisión para insolvencias de créditos a corto plazo 799. Reversión del deterioro de créditos a corto plazo

 

Existen, también, otras cuentas o subcuentas análogas que recogen estas correcciones valorativas en el caso de operaciones con empresas del grupo o asociadas (Plan 1990), o con partes vinculadas (PGC 07).

Se mantienen, también, las antiguas provisiones de inmovilizado material e inmaterial, en su nueva versión de pérdidas por deterioro, a las que se añaden las de las inversiones inmobiliarias:

 

 

 

690. Pérdidas por deterioro del inmovilizado intangible
(290)
(790)
691. Pérdidas por deterioro del inmovilizado material
(291)
(791)
692. Pérdidas por deterioro de las inversiones inmobiliarias
(292)
(792)

 

Siempre que se den las circunstancias requeridas para su registro contable, según sus correspondientes normas de valoración.

 

EJEMPLO 11

La sociedad, al cierre del ejercicio, tiene un crédito frente a un cliente, registrado en la cuenta 430. Clientes, por un importe de 10.000 euros, a cobrar dentro de cuatro meses. El crédito se ha deteriorado porque el cliente ha sido declarado judicialmente en situación de concurso.

Por todo lo anterior, se estima que el flujo de efectivo del crédito puede ser reducido en su totalidad como consecuencia de la situación económica y judicial del cliente.

La sociedad efectúa la correspondiente corrección valorativa por deterioro de valor de carácter reversible, por el sistema individualizado.

Transcurridos los cuatro meses que faltaban para el vencimiento del crédito, y resuelto el litigio judicial, supongamos de forma alternativa que la sociedad:

1.º Cobra en efectivo la totalidad del crédito.

2.º No cobra cantidad alguna del crédito y se considera como insolvencia definitiva.

3.º Cobra 6.000 euros en efectivo, dándose el resto por definitivamente perdido.

 

CONTABILIZACIÓN SEGÚN EL PGC 07

• Por la reclasificación del crédito, al final del ejercicio:

 

Concepto Debe Haber
Clientes de dudoso cobro (436) 10.000  
Clientes (430)   10.000

 

• Por la corrección por deterioro de valor, al final del ejercicio:

 

Concepto Debe Haber
Pérdidas por deterioro de créditos por operaciones comerciales (694) 10.000  
Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales (490)   10.000

 

• 1.º Por el cobro del crédito en su totalidad:

 

Concepto Debe Haber
Caja, euros (570) 10.000  
Clientes de dudoso cobro (436)   10.000

 

Concepto Debe Haber
Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales (490) 10.000  
Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales (794)   10.000

 

• 2.º Por la insolvencia definitiva:

 

Concepto Debe Haber
Pérdidas de créditos comerciales incobrables (650) 10.000  
Clientes de dudoso cobro (436)   10.000

 

Concepto Debe Haber
Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales (490) 10.000  
Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales (794)   10.000

 

• 3.º Por el cobro parcial del crédito y por la insolvencia definitiva del resto de su importe:

 

Concepto Debe Haber
Caja, euros (570) 6.000  
Pérdidas de créditos comerciales incobrables (650) 4.000  
Clientes de dudoso cobro (436)   10.000

 

Concepto Debe Haber
Deterioro de valor de créditos por operaciones comerciales (490) 10.000  
Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales (794)   10.000