Doctrina Administrativa

Doctrina Administrativa

Consideración, o no, como entidades de interés público de las federaciones deportivas de ámbito autonómico

Consulta 1, BOICAC 134 DE JUNIO DE 2023. (Auditoría)

Situación planteada: La consulta se refiere a la consideración, o no, como entidades de interés público de las federaciones deportivas de ámbito autonómico, tras la aprobación de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte.  

Consideraciones generales:

La cuestión se plantea respecto del alcance de la expresión “federaciones deportivas españolas” del artículo 58.2 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte (en lo sucesivo, LD), en el sentido de determinar si incluye, o no, a las federaciones deportivas de ámbito autonómico, a efectos de su consideración como entidades de interés público (en lo sucesivo, EIP).

Información a incorporar en la memoria por las sociedades cooperativas, asociaciones y entidades sin fines lucrativos en relación con el periodo medio de pago a proveedores

Consulta 1, BOICAC 134 DE JUNIO DE 2023.

Consulta: Sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales, por las sociedades cooperativas, asociaciones y entidades sin fines lucrativos.

Sobre la formulación del estado de información no financiera en una sociedad cooperativa agraria

Consulta 2, BOICAC 133 DE MARZO DE 2023.

Consulta: Sobre la formulación del estado de información no financiera en el caso de una sociedad cooperativa agraria.

Respuesta:

El consultante pregunta si una sociedad cooperativa agraria debe formular el estado de información no financiera (EINF), de acuerdo con lo previsto en la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

Este Instituto se ha pronunciado sobre dicha cuestión en la guía informativa sobre la aplicación de la citada ley de información no financiera, que se encuentra publicada en su página web.

Tratamiento contable del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

Consulta 1, BOICAC 133 DE MARZO DE 2023.

Consulta: Sobre el tratamiento contable del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables regulado en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Respuesta

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en su Título VII, incluye medidas de carácter fiscal para incentivar la economía circular. Una de esas medidas es la creación de un impuesto cuyo objetivo es fomentar la prevención de la generación de residuos de envases de plástico no reutilizables, así como el reciclado de los residuos plásticos, y poder contribuir de esta manera a la circularidad de este material.

El artículo 67 de la citada ley, establece este impuesto como un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la utilización, en el territorio de aplicación del impuesto, de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos, como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías.

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