1. La moneda extranjera

1.1. Introducción

El tratamiento de las operaciones realizadas en moneda extranjera viene recogido en la norma 11.ª del PGC 07. Esta norma resulta de aplicación a:

  1. La contabilización de transacciones y saldos en moneda extranjera.
  2. La conversión de las cuentas anuales a la moneda de presentación, cuando la moneda funcional sea distinta del euro.

A diferencia del PGC de 1990, el PGC 07 admite la posibilidad de que la contabilidad se lleve realizando las anotaciones en una moneda distinta del euro. En cualquier caso, sea el euro u otra divisa, la moneda en la que se realicen las anotaciones contables recibe el nombre de moneda funcional.

El propio PGC define la moneda funcional como la moneda del entorno económico principal en el que opera la empresa. Presumiéndose, salvo prueba en contrario, que la moneda funcional de las empresas domiciliadas en España es el euro, pero admitiendo la posibilidad, como ya ha quedado dicho, de que no sea así, y de que una empresa española pueda operar en un entorno en el que la moneda habitual en las transacciones no sea el euro. Tal hecho ocurre, por ejemplo, en empresas que operan en el sector petrolífero en el que la mayoría de las transacciones se realizan en dólares.

Estas empresas aplicarán la norma 11.ª para convertir sus cuentas anuales a euros ya que será en esta moneda, y no en la moneda funcional, en la que todas las empresas españolas deban presentar sus cuentas anuales.

Para reflejar las diferencias que se produzcan como consecuencia de las modificaciones en el tipo de cambio, el PGC ha incluido en el cuadro de cuentas hasta 7 cuentas frente a las 3 ya conocidas, recogidas por el PGC de 1990. Estas cuentas son:

668. Diferencias negativas de cambio.

Pérdidas producidas por modificaciones del tipo de cambio en partidas monetarias denominadas en moneda distinta de la funcional.

Se cargará:

a1) En cada cierre, por la pérdida de valoración de las partidas monetarias vivas a dicha fecha, con abono a las cuentas representativas de las mismas denominadas en moneda distinta de la funcional.

a2) En el momento de baja, enajenación o cancelación del elemento patrimonial asociado a una diferencia de conversión negativa con abono a la cuenta 921.

a3) Por la transferencia a la cuenta de Pérdidas y ganancias del importe negativo reconocido directamente en el patrimonio neto en las operaciones de cobertura en una inversión neta en un negocio en el extranjero con abono a la cuenta 913.

a4) Cuando venzan o se cancelen anticipadamente las partidas monetarias, mediante entrega del efectivo en moneda distinta de la funcional, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

768. Diferencias positivas de cambio.

Beneficios producidos por modificaciones del tipo de cambio en partidas monetarias denominadas en moneda distinta de la funcional.

Se abonará:

a1) En cada cierre, por la ganancia de valoración de las partidas monetarias vivas a dicha fecha, con cargo a las cuentas representativas de las mismas denominadas en moneda distinta de la funcional.

a2) En el momento de la baja, enajenación o cancelación del elemento patrimonial asociado a una diferencia de conversión positiva con cargo a la cuenta 821.

a3) Por la transferencia a la cuenta de Pérdidas y ganancias del importe positivo reconocido directamente en el patrimonio neto en las operaciones de cobertura en una inversión neta en un negocio en el extranjero con cargo a la cuenta 813.

a4) Cuando venzan o se cancelen anticipadamente las partidas monetarias, mediante entrega del efectivo en moneda distinta de la funcional, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

820. Diferencias de conversión negativas.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará, por el efecto neto deudor derivado de la diferencia de valor de los activos y pasivos valorados en moneda funcional distinta a la de presentación, como consecuencia de la conversión a la moneda de presentación, con cargo y/o abono a las respectivas cuentas que representan dichos activos y pasivos.

b) Se abonará, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 135.

821. Transferencia de diferencias de conversión positivas.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará, en el momento de baja, enajenación o cancelación del elemento patrimonial asociado, con abono a la cuenta 768.

b) Se abonará, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 135.

920. Diferencias de conversión positivas.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará, por el efecto neto acreedor derivado de la diferencia de valor de los activos y pasivos valorados en moneda funcional distinta a la de presentación, como consecuencia de la conversión a la moneda de presentación, con cargo y/o abono a las respectivas cuentas del balance que representan dichos activos y pasivos.

b) Se cargará, al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 135.

921. Transferencia de diferencias de conversión negativas.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará, en el momento de baja, enajenación o cancelación del elemento patrimonial asociado, con cargo a la cuenta 668.

b) Se cargará, al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 135.

135. Diferencias de conversión.

Diferencia que surge al convertir a la moneda de presentación las partidas del balance y de la cuenta de Pérdidas y ganancias en el caso de que la moneda funcional sea distinta de la moneda de presentación.

Con carácter general, su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará:

a1) Al cierre del ejercicio, por los ingresos por diferencias de conversión, con cargo a la cuenta 920.

a2) Al cierre del ejercicio, por la transferencia de diferencias de conversión negativas, con cargo a la cuenta 921.

a3) Por el gasto por Impuesto sobre beneficios vinculado a la diferencia de conversión, con cargo a las cuentas del subgrupo 83.

b) Se cargará:

b1) Al cierre del ejercicio, por los gastos por diferencias de conversión, con abono a la cuenta 820.

b2) Al cierre del ejercicio, por la transferencia de diferencias de conversión positivas, con abono a la cuenta 821.

b3) Por el gasto por Impuesto sobre beneficios vinculado a la diferencia de conversión, con abono a las cuentas del subgrupo 83.

1.2. Transacciones en moneda extranjera

Una transacción en moneda extranjera es aquella cuyo importe se determina o exige su liquidación en una moneda distinta de la funcional. A modo de ejemplo cabe citar las operaciones típicas de compras de existencias que se liquidarán en moneda distinta del euro, obtención o concesión de un crédito a pagar o cobrar en moneda distinta del euro, adquisición de un elemento de inmovilizado en una moneda distinta del euro...

A efectos de tratamiento de estas transacciones la norma 11.ª divide los distintos elementos patrimoniales que las componen en:

  1. Partidas monetarias: son el efectivo, así como los activos y pasivos que se vayan a recibir o pagar con una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los préstamos y partidas a cobrar, los débitos y partidas a pagar, y las inversiones en valores representativos de deuda que cumplan los requisitos anteriores.
  2. Partidas no monetarias: son los activos y pasivos que no se consideren partidas monetarias, es decir, que se vayan a recibir o pagar con una cantidad no determinada ni determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los inmovilizados materiales, inversiones inmobiliarias, el fondo de comercio y otros inmovilizados intangibles, las existencias, las inversiones en el patrimonio de otras empresas que cumplan los requisitos anteriores, los anticipos a cuenta de compras o ventas, así como los pasivos a liquidar mediante la entrega de un activo no monetario.

1.2.1. Valoración inicial

Toda transacción en moneda extranjera, ya sea una partida monetaria o una partida no monetaria, se convertirá, para su reflejo contable en moneda funcional (euro), aplicando al importe en moneda extranjera, el tipo de cambio de contado, es decir, el tipo de cambio utilizado en las transacciones con entrega inmediata, entre ambas monedas, en la fecha de la transacción entendida como aquella en la que se cumplan los requisitos para su reconocimiento. Por tanto, vemos que el tratamiento es exactamente igual al establecido por la norma de valoración 14.ª del PGC de 1990, aunque enunciado de distinta manera.

Como novedad, el PGC 07 incluye la posibilidad de aplicar un tipo de cambio medio de un período (como máximo mensual) para todas las operaciones que se realicen en dicho intervalo en la misma moneda. Esta posibilidad queda excluida cuando el tipo de cambio haya sufrido variaciones significativas durante el período de tiempo considerado.

No explica el borrador que debemos considerar como una variación significativa en el tipo de cambio, por lo que deberemos esperar a una aclaración por parte del ICAC que se realizará mediante resolución o consulta. A pesar de esto, consideramos que podemos estar en presencia de una variación significativa cuando se produzca una devaluación de la moneda considerada.

1.2.2. Valoración posterior

Al realizar una valoración posterior de los saldos de las operaciones realizadas en moneda extranjera el PGC 07 nos obliga a distinguir entre:

  • Partidas monetarias.
  • Partidas no monetarias.

1.2.2.1. Valoración de partidas monetarias

Al cierre del ejercicio las partidas monetarias en moneda extranjera se valorarán aplicando el tipo de cambio vigente en dicha fecha. La novedad del PGC 07 reside en que las diferencias de cambio, tanto positivas como negativas, que se pongan de manifiesto al realizar esta nueva valoración se imputarán directamente a la cuenta de Pérdidas y ganancias. Este tratamiento está previsto únicamente para la tesorería en la normativa del PGC de 1990.

También se reconocerán en la cuenta de Pérdidas y ganancias las diferencias que se produzcan al liquidar los elementos patrimoniales puesto que estas diferencias ya estarán realizadas.

Veamos algún ejemplo práctico de aplicación.

EJEMPLO 1

La sociedad «GIGONSA» abre una cuenta corriente en dólares ingresando 50.000 $ al tipo de cambio de 1 $ = 1 €. Esta sociedad adquiere un ordenador por 5.000 $ pagando al contado. El tipo de cambio es de 1 $ = 0,80 €.

Al cierre del ejercicio el tipo de cambio es de 1 $ = 0,83 €.

• Apertura de la cuenta corriente:

Concepto Debe Haber
Bancos, moneda extranjera (573) 50.000  
Bancos, c/c a la vista (572) (50.000 $ x 1)   50.000

• Adquisición del ordenador:

Concepto Debe Haber
Equipos para proceso de información (217) (5.000 $ x 0,8) 4.000  
Diferencias negativas de cambio (668) 1.000  
Bancos, c/c a la vista (572) (5.000 x 1)   5.000

En la adquisición del ordenador se han liquidado 5.000 $ por lo que de acuerdo con la norma de valoración 11.ª la diferencia se imputará a la cuenta de Pérdidas y ganancias.

• Cierre del ejercicio:

En este momento debemos valorar los 45.000 $ de la cuenta corriente al tipo de cambio vigente al cierre, reconociendo la diferencia en el resultado del ejercicio tanto si es positiva como negativa.

Concepto Debe Haber
Diferencias negativas de cambio (668) [45.000 x (0,83 – 1)] 7.650  
Bancos, moneda extranjera (573)   7.650

El ordenador adquirido será objeto de amortización y, en su caso, corrección por deterioro sobre el valor de 4.000 €.

EJEMPLO 2

La sociedad «EUGINSA» adquiere mercaderías a crédito por 5.000 $ siendo el tipo de cambio de contado 1 $ = 0,95 €.

En el momento del pago el tipo de cambio es de 1 $ = 0,97 €.

• Por la compra a crédito:

Concepto Debe Haber
Compras de mercaderías (600) (5.000 x 0,95) 4.750  
Proveedores, moneda extranjera (4004)   4.750

• En el momento del pago:

Concepto Debe Haber
Proveedores, moneda extranjera (4004) 4.750  
Diferencias negativas de cambio (668) 100  
Bancos, c/c a la vista (572) (5.000 x 0,97)   4.850

Se puede observar, a la vista de los asientos realizados, que el tratamiento es idéntico al previsto por la norma de valoración 14.ª del PGC de 1990, es decir, la diferencia, tanto positiva como negativa, se imputa al resultado del ejercicio en el momento del vencimiento de la operación.

EJEMPLO 3

La sociedad «LIGASA» vende mercaderías por 10.000 $ siendo el tipo de cambio de 1 $ = 0,87 €.

Al cierre del ejercicio, el tipo de cambio es de 1 $ = 0,90 €.

Al vencimiento el tipo de cambio resulta ser de 1 $ = 0,87 €.

• Por la venta:

Concepto Debe Haber
Clientes, moneda extranjera (4304) (10.000 x 0,87) 8.700  
Ventas de mercaderías (700)   8.700

• Cierre del ejercicio:

Concepto Debe Haber
Clientes, moneda extranjera (4304) 300  
Diferencias positivas de cambio (768) [10.000 x (0,90 – 0,87)]   300

• Al vencimiento:

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (10.000 x 0,87) 8.700  
Diferencias negativas de cambio (668) 300  
Clientes, moneda extranjera (4304)   9.000

En este punto nos encontramos una de las diferencias entre el tratamiento establecido por el PGC de 1990 y el PGC 07. Para el PGC de 1990 existiría una diferencia no realizada que contabilizaríamos en la cuenta (136) Diferencias positivas de moneda extranjera y no imputaríamos al resultado hasta el vencimiento de la operación o bien, si la operación tuviera una duración de varios años, en la medida en que se reconocieran diferencias negativas.

Sin embargo, el PGC 07 nos obliga a imputar la diferencia que se produce al cierre del ejercicio, a la cuenta de Pérdidas y ganancias, ya que esta diferencia se ha producido en una partida monetaria.

EJEMPLO 4

La sociedad «MADROÑO» concede el 1-10-2008 un crédito de 50.000 $ a devolver en dos años por partes iguales. El tipo de interés es del 6% anual. El tipo de cambio el día de la operación es de 1 $ = 0,85 €.

La evolución de los tipos de cambio es la siguiente:

31-12-2008: 1 $ = 0,87 €.

01-10-2009: 1 $ = 0,88 €.

31-12-2009: 1 $ = 0,83 €.

01-10-2010: 1 $ = 0,85 €.

• 1-10-2008.

Concesión del préstamo:

Concepto Debe Haber
Créditos a l/p (252) (25.000 x 0,85) 21.250  
Créditos a c/p (542) (25.000 x 0,85) 21.250  
Bancos, c/c a la vista (572)   42.500

• 31-12-2008.

Devengo de intereses y cálculo de la diferencia de cambio:

Concepto Debe Haber
Intereses a c/p de créditos (547) 652,50  
Ingresos de créditos a l/p, otras empresas (76203) (25.000 x 6% x 3/12 x 0,87   326,25
Ingresos de créditos a c/p, otras empresas (76213)   326,25
Concepto Debe Haber
Créditos a l/p (252) [25.000 x (0,87 – 0,85)] 500  
Créditos a c/p (542) [25.000 x (0,87 – 0,85)] 500  
Diferencias positivas de cambio (768)   1.000

• 1-10-2009.

Cobro de intereses y de una parte del principal y reclasificación:

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (50.000 x 6% x 0,88) 2.640  
Ingresos de créditos a l/p, otras empresas (76203) (25.000 x 6% x 9/12 x 0,88)   990,00
Ingresos de créditos a c/p, otras empresas (76213)   990,00
Intereses a c/p de créditos (547)   652,50
Diferencias positivas de cambio (768)   7,50

La diferencia de cambio se ha producido por los intereses devengados en el ejercicio anterior y que habían sido contabilizados al tipo de cambio de 1 $ = 0,87 €, mientras que en el momento del cobro el tipo de cambio es de 1 $ = 0,88 €.

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (25.000 x 0,88) 22.000  
Créditos a c/p (542) (25.000 x 0,87)   21.750
Diferencias positivas de cambio (768)   250
Concepto Debe Haber
Créditos a c/p (542) (25.000 x 0,87) 21.750  
Créditos a l/p (252)   21.750

• 31-12-2009.

Devengo de intereses y cálculo de la diferencia de cambio:

Concepto Debe Haber
Intereses a c/p de créditos (547) (25.000 x 6% x 3/12 x 0,83) 311,25  
Ingresos de créditos a c/p, otras empresas (76213)   311,25
Concepto Debe Haber
Diferencias negativas de cambio (668) [25.000 x (0,83 – 0,87)] 1.000  
Créditos a c/p (542)   1.000

•1-10-2010.

Cobro de intereses y del resto del principal:

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (25.000 x 6% x 0,85) 1.275,00  
Ingresos de créditos a c/p, otras empresas (76213) (25.000 x 6% x 9/12 x 0,85)   956,25
Intereses a c/p de créditos (547)   311,25
Diferencias positivas de cambio (768)   7,50
Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (25.000 x 0,85) 21.250  
Créditos a c/p (542) (25.000 x 0,83)   20.750
Diferencias positivas de cambio (768)   500

EJEMPLO 5

El día 1-7-2008 la sociedad «GAGINSA» adquiere 1.000 obligaciones de valor nominal 10 $ al 95% con gastos incluidos. El tipo de cambio es de 1 $ = 0,95 €. El tipo de interés nominal es de 6% anual pagadero cada 1/7. El reembolso se realizará 1-7-2010 al 100%.

La sociedad clasifica la inversión como mantenida hasta el vencimiento.

Al cierre del ejercicio 2008 el tipo de cambio es de 1 $ = 0,85 €.

• 1-7-2008.

Adquisición de los títulos:

Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a l/p (251) (1.000 x 10 $ x 95% x 0,95) 9.025  
Bancos, c/c a la vista (572)   9.025

• 31-12-2008.

Cierre del ejercicio:

De acuerdo con la norma de valoración 9.ª del PGC 2007, los instrumentos financieros mantenidos hasta el vencimiento se valoran al coste amortizado, por lo que debemos calcular el tipo de interés efectivo de la inversión.

9.500 =
600
+
10.600
--> i = 0,088360241
(1 + i)
 
(1 + i)2

Una vez calculado el tipo de interés efectivo, calcularemos los intereses devengados hasta el cierre del ejercicio de acuerdo con el método del tipo de interés efectivo.

I = 9.500 x [(1 + 0,088360241)6/12 – 1] = 410,83 $.

De éstos serán:

Explícitos = 1.000 x 10 x 6% x 6/12 = 300 $.

Implícitos = 410,83 – 300 = 110,83 $

Devengo de intereses:

Concepto Debe Haber
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546) (300 x 0,85) 255,00  
Valores representativos de deuda a l/p (251) (110,83 x 0,85) 94,21  
Ingresos de valores representativos de deuda (761)   349,21

Una vez calculado el coste amortizado, procedemos a calcular, sobre dicho coste amortizado, la diferencia de cambio que han generado en el período los títulos.

Coste amortizado en $ (9.500 + 110,83 + 300)
9.910,83
Valor del coste amortizado en euros (9.910,83 x 0,85)
8.424,21
Valor contable de los títulos (9.025 + 94,21 + 255)
9.374,21
   
Diferencia de cambio (950,00)

Evidentemente, esta diferencia de cambio ha sido generada por el precio de adquisición, ya que los demás componentes del coste amortizado se han contabilizado al tipo de cambio del cierre del ejercicio.

Concepto Debe Haber
Diferencias negativas de cambio (668) 950  
Valores representativos de deuda (251)   950

EJEMPLO 6

La sociedad «GONLISA» suscribe 8.000 bonos en Japón, el 1-11-2008 de valor nominal 500 ¥ por título. Los gastos son 10.000 ¥. La inversión se clasifica como mantenida para negociar.

El tipo de interés es del 12% pagadero por trimestres vencidos.

Al cierre del ejercicio el valor razonable de los títulos es de 502 ¥.

El 1-2-2009, después de cobrar el cupón, se venden los títulos a una cotización de 512 ¥.

Los tipos de cambio a considerar son:

1-11-2008: 1 € = 99,56 ¥.

31-12-2008: 1 € = 98,41 ¥.

1-2-2009: 1 € = 98,12 ¥.

• 1-11-2008.

Suscripción:

De acuerdo con la norma de valoración 9.ª los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de Pérdidas y ganancias del ejercicio.

Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a c/p (541) (8.000 x 500/99,56) 40.176,78  
Otros gastos financieros (629) (10.000/99,56) 100,44  
Bancos, c/c a la vista (572)   40.277,22

Al cierre del ejercicio por el devengo de intereses:

Concepto Debe Haber
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546) (8.000 x 500 x 12% x 2/12/98,41) 812,93  
Ingresos de valores representativos de deuda (761)   812,93

De acuerdo con la norma 9.ª 2.3.2 del PGC 2007 en la valoración posterior de los activos financieros mantenidos para negociar, éstos se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de Pérdidas y ganancias del ejercicio.

Por su parte la norma 11.ª, como ya habíamos comentado, establece que las diferencias de cambio que se produzcan al valorar las partidas monetarias al tipo de cambio de cierre del ejercicio, se imputarán también en la cuenta de Pérdidas y ganancias.

El proceso será el siguiente:

Valor razonable (8.000 x 502/98,41)
40.808,86
Valor contable (40.176,78 + 812,93)
40.989,71
 

Pérdida
180,85

Esta pérdida es resultado de dos efectos:

Efecto cotización [(3.936.000 – 4.000.000)1/98,41]
(650,34)
Efecto tipo de cambio [4.000.000 x (1/98,41 – 1/99,56)]
469,49
 

Efecto total
180,85
Concepto Debe Haber
Pérdidas de cartera de negociación (6630) 650,34  
Diferencias positivas de cambio (768)   469,34
Valores representativos de deuda a c/p (541)   180,85

1-2-2009.

Por el cobro de cupones:

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (8.000 x 500 x 12% x 3/12/98,12) 1.222,99  
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546)   812,93
Ingresos de valores representativos de deuda (761) (8.000 x 500 x 12% x 1/12/98,12)   407,66
Diferencias positivas de cambio (768)   2,40

Por la venta de los títulos:

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (8.000 x 512/98,12) 41.744,80  
Valores representativos de deuda a c/p (541) (40.176,78 – 180,85)   39.995,93
Diferencias positivas de cambio (768) [3.936.000 x (1/98,12 – 1/98,41]   118,21
Beneficios en cartera de negociación (763) [(4.096.000 – 3.936.000)/98,12]   1.630,66

Caso particular: En el proceso de cálculo de las diferencias de cambio en partidas monetarias al cierre del ejercicio, la norma de valoración 11.ª ha establecido un caso particular cuando se trata de activos financieros disponibles para la venta. En este caso particular, la determinación de las diferencias de cambio producidas por la variación del tipo de cambio entre la fecha de la transacción y la fecha del cierre del ejercicio, se realizará como si dichos activos se valorasen al coste amortizado en la moneda extranjera, de forma que las diferencias de cambio serán las resultantes de las variaciones en dicho coste amortizado como consecuencia de las variaciones en los tipos de cambio, independientemente de su valor razonable. Las diferencias de cambio así calculadas se reconocerán en la cuenta de Pérdidas y ganancias del ejercicio en el que surjan, mientras que los otros cambios en el importe en libros de estos activos financieros se reconocerán directamente en el patrimonio neto de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.6.2 de la norma relativa a instrumentos financieros.

1 3.936.000 = (502 – 500 x 12% x 2/12) x 8.000.

4.000.0000 = 500 x 8.000

EJEMPLO 7

El día 1-7-2008, la sociedad «MIGOSA» adquiere 1.000 obligaciones de valor nominal 10 $ al 95% con gastos incluidos. El tipo de cambio es de 1 $ = 0,95 €. El tipo de interés nominal es del 6% anual pagadero cada 1/7. El reembolso se realizará el 1-7-2010 al 100%.

La sociedad los clasifica como disponibles para la venta.

Al cierre del ejercicio 2008 el tipo de cambio es de 1 $ = 0,85 €.

El valor de mercado de los títulos al cierre del 2008 es de 9.930 $.

De acuerdo con el apartado 2.6.1 de la norma de valoración 9.ª del PGC 07 los activos financieros disponibles para la venta se valorarán inicialmente por su valor razonable que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada, más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles.

• 1-7-2008.

Por la adquisición:

Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a l/p (251) (1.000 x 10 x 95% x 0,95) 9.025  
Bancos, c/c a la vista (572)   9.025

31-12-2008.

Cierre del ejercicio:

Para poder calcular el coste amortizado y por tanto, la diferencia de cambio generada por los títulos, necesitamos calcular el tipo de interés efectivo de la operación en dólares, suponiendo que se mantendrá hasta el vencimiento.

9.500 =
600
+
10.600
--> i = 0,088360241
(1 + i)
 
(1 + i)2

Una vez obtenido el tipo de interés efectivo, calculamos los intereses devengados en el período.

I = 9.500 x [(1 + 0,088360241) 6/12 – 1] = 410,83 $.

De éstos serán:

Explícitos = 1.000 x 10 x 6% x 6/12 = 300 $.

Implícitos = 410,83 – 300 = 110,83 $.

Devengo de intereses.

Concepto Debe Haber
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546) (300 x 0,85) 255,00  
Valores representativos de la deuda a l/p (251) (110,83 x 0,85) 94,21  
Ingresos de valores representativos de deuda (761)   349,21

Cálculo de la diferencia de cambio.

Coste amortizado en $ (9.500 + 110,83 + 300)
9.910,83
Valor del coste amortizado en euros (9.910,83 x 0,85)
8.424,21
Valor contable de los títulos (9.025 + 94,21 + 255)
9.374,21
 

Diferencia de cambio
(950,00)
Concepto Debe Haber
Diferencias negativas de cambio (668) 950  
Valores representativos de deuda (251)   950

Una vez calculada la diferencia de cambio y teniendo en cuenta que se trata de un activo financiero disponible para la venta, lo valoraremos por su valor razonable, imputando el importe de la variación directamente al patrimonio neto.

Valor razonable de los títulos (9.930 x 0,85)
8.440,50 €
Valor contable (9.025 + 94,21 + 255 – 950)
8.424,21 €
   
Beneficio imputable a patrimonio
16,29 €

Otra forma de calcularlo:

Coste amortizado en $ (9.500 + 300 + 110,83)
9.910,83 $
Valor razonable en $
9.930,00 $
     
Beneficio
19,17 $
x 0,85 = 16,29 €
Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a l/p (251) 16,29  
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900)   16,29

Por el efecto impositivo, considerando un tipo de gravamen del 30%:

Concepto Debe Haber
Impuesto diferido (8301) 4,89  
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479)   4,89

Al cierre del ejercicio por la «regularización» de los gastos e ingresos de patrimonio:

Concepto Debe Haber
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900) 16,29  
Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330)   16,29
Concepto Debe Haber
Ajustes por valoración activos financieros disponibles para la venta (1330) 4,89  
Impuesto diferido (8301)   4,89

EJEMPLO 8

Supongamos que el 1-7-2009 el tipo de cambio es de 1 $ = 0,87 €. Al cierre del ejercicio el tipo de cambio es de 1 $ = 0,90 € y el valor de mercado de los títulos es de 10.200 $.

• 1-7-2009.

Devengo y cobro de cupones:

Concepto Debe Haber
Bancos (572) 522  
Ingresos de VRD (761) (300 $ x 0,87)   261
Intereses a c/p de VRD (546)   255
Diferencias positivas de cambio (768)   6

• 31-12-2009.

Cierre del ejercicio:

Cálculo de los intereses devengados:

Explícitos: 1.000 x 10 x 0,06 x 6/12 = 300 $

Implícitos:

Los intereses totales del primer año de vida de los títulos serán:

I1 = 9.500 x 0,088360241 = 839,42

De este importe, 600 $ corresponden a intereses explícitos, por lo que implícitos serán 239,42. De acuerdo con el método utilizado, 110,83 $ se devengaron durante el año 2008, por lo que al primer semestre de 2009 corresponden 128,59 $.

El 1 de julio de 2009 se cumple un año de vida de los títulos por lo que se modifica la base de cálculo de los intereses, que pasa a ser el importe inicial (9.500 $) más los intereses implícitos devengados y que no han sido cobrados (239,42 $). Total: 9.739,42 $.

De esta forma, los intereses devengados en el segundo semestre de 2009 (primer semestre del segundo año de vida de los títulos) serán:

9.739,42 x [(1 + 0,088360241)6/12 – 1]
421,18 $
De éstos, son explícitos
300,00 $
 

Implícitos
121,18 $

Por tanto, los intereses implícitos totales devengados durante el ejercicio 2009 serán 128,59 + 121,18 = 249,77 $.

Devengo de intereses

Concepto Debe Haber
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546) (300 x 0,9) 270,00  
Valores representativos de deudas a l/p (251) [(128,59 + 121,18) x 0,9] 224,79  
Ingresos de valores representativos de deuda (761)   494,79

Al cierre del año 2009:

Reclasificación de los títulos.

Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a c/p (541) 8.410,29  
Valores representativos de deuda a l/p (251) (9.025 – 950) + 16,29 + 94,21 + 224,79)   8.410,29

Cálculo de la diferencia de cambio.

Coste amortizado en dólares (9.500 + 110,83 + 249,77 + 300)
10.160,60
Valor en € del coste amortizado (10.160,60 x 0,9)
9.144,54
Valor contable sin incluir el beneficio imputado a patrimonio en X1 (9.025 – 950 + 94,21 + 224,79 + 270)
8.664,00
 

Diferencia de cambio
480,54

Esta diferencia es imputable a:

Valor de adquisición [9.500 x (0,9 – 0,85)]
475,00
Implícitos devengados a 31-12-X1 [110,83 x (0,9 – 0,85)]
5,54
 

Total
480,54
Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a c/p (541) 480,54  
Diferencias positivas de cambio (768)   480,54

De la misma manera que al cierre del ejercicio anterior, una vez calculada la diferencia de cambio y teniendo en cuenta que se trata de un activo financiero disponible para la venta, lo valoraremos por su valor razonable, imputando el importe de la variación directamente al patrimonio neto.

Cálculo del beneficio o pérdida imputable al patrimonio neto.

Valor razonable (10.200 x 0,9)
9.180,00 €
Valor contable (9.025 – 950 + 16,29 + 475 + 94,21 + 224,79 + 5,54 + 270)
9.160,83 €
 

Beneficio
19,17 €

Otra forma de calcularlo será la siguiente:

Valor razonable 10.200,00 $
Coste amortizado en $ 10.160,60 $
     
Beneficio
39,40 $
x 0,9 = 35,46 € de los que 16,29 € ya se habían imputado en 2008. A imputar en este ejercicio = 19,17 €.
Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a c/p (541) 19,17  
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900)   19,17

Por el efecto impositivo, considerando un tipo de gravamen del 30%.

Concepto Debe Haber
Impuesto diferido (8301) 5,75  
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479)   5,75

Al cierre del ejercicio por la «regularización» de los gastos e ingresos de patrimonio.

Concepto Debe Haber
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900) 19,17  
Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330)   19,17

EJEMPLO 9

Finalmente, supongamos que la sociedad «MIGOSA» vende los títulos el día 1 de febrero de 2010 por 10.250 $, siendo el tipo de cambio de 1 $ = 0,91 €.

• 1-2-2010.

Venta de los títulos:

En primer lugar procederemos al devengo de los intereses, tanto explícitos como implícitos, correspondientes al mes de enero.

Devengo de intereses explícitos:

Concepto Debe Haber
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546) (1.000 x 10 x 6% x 1/12 x 0,91) 45,50  
Ingresos de valores representativos de deuda (761)   45,50

Devengo de intereses implícitos:

Los intereses totales devengados por los títulos desde 1 de julio de 2009 hasta 1 de febrero de 2010 serán:

9.739,42 x [(1 + 0.088360241) 7/12 – 1]
493,13 $
Explícitos (1.000 x 10 x 6% x 7/12)
350 $
 

Intereses implícitos totales
143,13 $
Implícitos devengados durante 2009
121,18 $
 

Devengados en enero de 2010
21,95 $
Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a c/p (541) (21,95 x 0,91) 19,97  
Ingresos de valores representativos de deuda (761)   19,97

A continuación calcularemos la diferencia de cambio y ajustaremos los títulos a su valor razonable (precio de venta) como si se tratara del cierre del ejercicio.

Cálculo de la diferencia de cambio:

Coste amortizado en dólares (10.160,601+ 71,95)1
10.232,55
Valor en € del coste amortizado (10.232,55 x 0,91)
9.311,62
Valor contable sin incluir el beneficio imputado a patrimonio en X1 y X2 (9.025 – 950 + 475 + 94,21 + 224,79 + 5,54 + 270 + 45,50 + 19,97)
9.210,01
 

Diferencia de cambio
101,61

Esta diferencia es imputable a:

Valor de adquisición [9.500 x (0,91 – 0,9)]
95,00
Implícitos devengados a 31-12-X2 [360,60 x (0,91 – 0,9)]
3,61
Explícitos devengados a 31-12-X2 [300 x (0,91 – 0,9)]
3,00
   
Total
101,61
Concepto Debe Haber
Valores representativos de deuda a c/p (541) 98,61  
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546) 3,00  
Diferencias positivas de cambio (768)   101,61

Cálculo del beneficio o pérdida imputable al patrimonio neto:

Valor razonable (10.250 x 0,91)
9.327,50 €
Valor contable
(9.025 – 950 + 16,29 + 475 + 94,21 + 224,79 + 5,54 + 270 + 19,17 + 95 + 3,61 + 45,50 + 3)
9.347,08 €
 

Pérdida
19,58 €

Otra forma de calcularlo será la siguiente:

Precio de venta
10.250,00 $
 
Coste amortizado en $
10.232,55 $
 
 

 
Beneficio
17,45 $
x 0,91 = 15,88 €, y dado que en 2008 se imputó un beneficio de 16,29 € y en 2009 un beneficio de 19,17 €, se ha producido una pérdida de 19,58 €.
Concepto Debe Haber
Pérdidas en activos financieros disponibles para la venta (800) 19,58  
Valores representativos de deuda a c/p (541)   19,58

En este caso no reflejamos efecto impositivo puesto que toda la diferencia imputada al patrimonio se va a traspasar a la cuenta de Pérdidas y ganancias.

Contabilización de la venta de los títulos:

Concepto Debe Haber
Bancos (572) (10.250 x 0,91) 9.327,50  
Valores representativos de deuda a c/p (541)   9.009,00
Intereses a c/p de valores representativos de deuda (546)   318,50

Traspaso a la cuenta de Pérdidas y ganancias del beneficio imputado a patrimonio en ejercicios anteriores, corregido en la pérdida reflejada en el actual:

Concepto Debe Haber
Transferencias de beneficios en activos financieros disponibles para la venta (802) (16,29 + 19,17 – 19,58) 15,88  
Beneficios de disponibles para la venta (7632)   15,88

Por la reversión del efecto impositivo reflejado en ejercicios anteriores:

Concepto Debe Haber
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479) (35,46 x 30%) 10,64  
Impuesto diferido (8301)   10,64

Al cierre del ejercicio por la regularización de los gastos e ingresos de patrimonio:

Concepto Debe Haber
Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330) 19,58  
Pérdidas en activos financieros disponibles para la venta (800)   19,58
Concepto Debe Haber
Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330) 15,88  
Transferencias de beneficios en activos financieros disponibles para la venta (802)   15,88
Concepto Debe Haber
Impuesto diferido (8301) 10,64  

Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330)
  10,64

1 Coste amortizado en dólares a 31-12-2009.

2 Intereses devengados en enero de 2010.

1.2.2.2. Valoración de partidas no monetarias

Al valorar las partidas no monetarias, la norma de valoración 11.ª del PGC 07 vuelve a distinguir entre:

  • Partidas no monetarias valoradas a coste histórico.
  • Partidas no monetarias valoradas a valor razonable.

a) Partidas no monetarias valoradas a coste histórico.

Son partidas no monetarias valoradas a coste histórico: el inmovilizado material e intangible, las inversiones inmobiliarias, las existencias, los anticipos a cuenta de compras o ventas, las inversiones en empresas del grupo, multigrupo y asociadas…

Al cierre del ejercicio las partidas no monetarias valoradas a coste histórico se convertirán a moneda funcional aplicando el tipo de cambio de la fecha de la transacción.

Cuando un activo denominado en moneda extranjera se amortice, las dotaciones a la amortización se calcularán sobre el importe en moneda funcional aplicando el tipo de cambio de la fecha en que fue registrado inicialmente.

La valoración así obtenida no podrá exceder, en cada cierre posterior, del importe recuperable en ese momento, aplicando a este valor, si fuera necesario, el tipo de cambio de cierre; es decir, de la fecha a la que se refieren las cuentas anuales.

Es decir, que las partidas no monetarias que de acuerdo con su norma correspondiente, deban valorarse por su coste histórico, no originarán, en ningún caso, diferencias de cambio, sino que, si fuera necesario se registrará una corrección valorativa por deterioro.

EJEMPLO 10

La sociedad «GONMASA» adquiere una máquina en USA cuyo precio es de 115.000 $. La máquina queda en condiciones de funcionamiento a principios del año 2008 y su vida útil es de 10 años. El tipo de cambio en esa fecha es de 1 $ = 0,85 €.

Al cierre del ejercicio se sabe que:

El valor razonable de la máquina deducidos los gastos de venta es de 98.000 $ y el tipo de cambio 1 $ = 0,90 €.

El valor en uso de la máquina es de 88.000 €.

• 1-1-2008.

Por la adquisición de la máquina:

Concepto Debe Haber
Maquinaria (213) (115.000 x 0,85) 97.750  
Bancos, c/c a la vista (572)   97.750

• 31-12-2008.

Amortización del ordenador y cálculo del posible deterioro:

Concepto Debe Haber
Amortización del inmovilizado material (681) (97.750/10) 9.775  
Amortización acumulada del inmovilizado material (281)   9.775

De acuerdo con el apartado 2.2 de la norma de valoración 2.ª relativa al Inmovilizado material, el importe recuperable será el mayor entre su valor razonable menos los costes de venta, y su valor en uso. De acuerdo con el enunciado, el mayor es el valor razonable.

Valor en libros (97.750 – 9.775)
87.975
Importe recuperable (98.000 x 0,90)
88.200

No existe deterioro de valor.

EJEMPLO 11

La sociedad «KEGINSA» adquiere, al contado, el 4 de octubre de 2008, 6.000 unidades de mercaderías a 10 £/ud., siendo el tipo de cambio de 1 £ = 1,6 €.

Al cierre del ejercicio quedan en el almacén 2.500 uds. siendo el valor neto realizable de 9,8 £/ud. y el tipo de cambio 1 £ = 1,61 €.

• 4-10-2008.

Adquisición de mercaderías:

Concepto Debe Haber
Compras de mercaderías (600) (6.000 x 10 x 1,6) 96.000  
Bancos, c/c a la vista (572)   96.000

• 31-12-2008.

Variación de existencias y comprobación de deterioro:

Concepto Debe Haber
Mercaderías (300) (2.500 x 10 x 1,6) 40.000  
Variación de existencias de mercaderías (610)   40.000

Como podemos observar, las mercaderías han quedado valoradas al tipo de cambio vigente en el momento en que se adquirieron.

Valor de adquisición
40.000
Valor neto realizable (2.500 x 9,8 x 1,61)
39.445
 

Deterioro
555
Concepto Debe Haber
Pérdidas por deterioro de mercaderías (6931) 555  
Deterioro de valor de mercaderías (390)   555

 

EJEMPLO 12

La sociedad «EUGASA» adquiere, en el año 2008, 100.000 acciones de la sociedad «YAMAMOTO» de 100 ¥ de valor nominal al 500%. El tipo de cambio es de 1 € = 95 ¥. La inversión supone el 25% del capital de «YAMAMOTO». En el momento de la adquisición el valor teórico de las acciones es de 400 ¥, el resto del precio se asocia con plusvalías tácitas existentes en ese momento.

Al cierre del ejercicio, el valor teórico de las acciones de «YAMAMOTO» es de 410 ¥ y existen plusvalías tácitas por 85 ¥ por acción.

El tipo de cambio al cierre es de 1 € = 96 ¥.

Adquisición de las acciones:

Concepto Debe Haber
Participaciones a l/p en empresas asociadas (2404) (100.000 x 100 x 500%/95) 526.315,79  
Bancos, c/c a la vista (572)   526.315,79

• 31-12-2008.

Cierre del ejercicio:

La inversión supone un 25% del capital de la participada, por lo que se calificará como una inversión en una empresa asociada. Estas inversiones, de acuerdo con la norma de valoración 9.ª del PGC 07, se valorarán inicialmente al coste, manteniéndose esta valoración posteriormente, a menos que deban ser objeto de corrección valorativa por deterioro.

Por su parte, la norma de valoración 11.ª establece que cuando se deba determinar el patrimonio neto de una empresa participada corregido, en su caso, por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de valoración, se aplicará el tipo de cambio de cierre al patrimonio neto y a las plusvalías tácitas existentes a esa fecha.

Valor de adquisición
526.315,79
Valor teórico + Plusvalías tácitas [100.000 x (410 + 85)/96]
515.625,00
 

Deterioro de valor
10.690,79
Concepto Debe Haber
Pérdidas por deterioro de participaciones en instrumentos de patrimonio neto a l/p, empresas asociadas (6961) 10.690,29  
Deterioro de valor de participaciones a l/p en empresas asociadas (2934)   10.690,79

En estos casos debemos tener en cuenta que, si la sociedad extranjera participada se encontrara afectada por altas tasas de inflación, los citados valores a considerar deberán resultar de estados financieros ajustados, con carácter previo a su conversión. Los ajustes se realizarán de acuerdo con los criterios incluidos en las normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas sobre «Ajustes por altas tasas de inflación».

La propia norma 11.ª considera que existen altas tasas de inflación cuando se den determinadas características en el entorno económico de un país, entre las que se incluyen, de forma no exhaustiva, las siguientes:

  • La tasa acumulativa de inflación en tres años se aproxime o sobrepase el 100%.
  • La población en general prefiera conservar su riqueza en activos no monetarios o en otra moneda extranjera estable.
  • Las cantidades monetarias se suelan referenciar en términos de otra moneda extranjera estable, pudiendo incluso los precios establecerse en otra moneda.
  • Las ventas y compras a crédito tengan lugar a precios que compensen la pérdida de poder adquisitivo esperada durante el aplazamiento, incluso cuando el período es corto.
  • Los tipos de interés, salarios y precios se liguen a la evolución de un índice de precios.

b) Partidas no monetarias valoradas a valor razonable.

Son partidas no monetarias valoradas a valor razonable: activos financieros mantenidos para negociar, activos financieros disponibles para la venta, otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de Pérdidas y ganancias.

De acuerdo con la norma de valoración 11.ª del PGC 07, estas partidas se valorarán aplicando el tipo de cambio de la fecha de determinación del valor razonable.

Cuando se reconozcan directamente en el patrimonio neto Pérdidas o ganancias derivadas de cambios en la valoración de una partida no monetaria, tal y como las inversiones en instrumentos de patrimonio clasificados como activos financieros disponibles para la venta, cualquier diferencia de cambio, incluida en esas Pérdidas o ganancias, también se reconocerá directamente en el patrimonio neto. Por el contrario, cuando las Pérdidas o ganancias derivadas de cambios en la valoración de una partida no monetaria se reconozcan en la cuenta de Pérdidas y ganancias del ejercicio, tal y como las inversiones en instrumentos de patrimonio clasificadas como activos financieros mantenidos para negociar o en otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de Pérdidas y ganancias, cualquier diferencia de cambio, incluida en esas Pérdidas o ganancias, también se reconocerá en el resultado del ejercicio.

Como en todos los casos, las Pérdidas o ganancias derivadas de la valoración de una partida en moneda extranjera, son resultado de los dos conocidos efectos: tipo de cambio y cotización. A pesar de que es posible cuantificar por separado ambos efectos, en estos casos no será necesario hacerlo, sino que lo reconoceremos íntegramente como beneficio o pérdida bien en la cuenta de Pérdidas y ganancias o directamente en el patrimonio neto.

EJEMPLO 13

La sociedad «MIKENSA» adquiere, el día 22 de mayo de 2008, 1.000 acciones en la Bolsa de Nueva York a la cotización de 39,80 $. Los gastos ascienden a 0,20 $ por acción. El tipo de cambio el día de la adquisición es de 1 $ = 0,86 €.

La sociedad clasifica esta inversión como disponible para la venta.

Al cierre del ejercicio la cotización de las acciones es de 39,50 $ y el tipo de cambio es de 1 $ = 0,88 €.

En el ejercicio siguiente, el día 27 de julio, se venden las acciones a 41 $, siendo el tipo de cambio de 1 $ = 0,90 €.

• 22-5-2008.

Adquisición de las acciones:

Concepto Debe Haber
I.F.T. en instrumentos de patrimonio (540) [1.000 x (39,80 + 0,20) x 0,86] 34.400  
Bancos, c/c a la vista (572)   34.400

• 31-12-2008.

Cierre del ejercicio:

Recordando de nuevo la norma de valoración 9.ª, los activos financieros disponibles para la venta se valorarán por su valor razonable sin deducir los costes en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se reconocerán directamente en el patrimonio neto.

Como ya ha quedado dicho, parte de ese cambio en el valor razonable se deberá a la variación en el tipo de cambio, pero el efecto total se tratará conjuntamente.

Valor de adquisición
34.400
Valor razonable (1.000 x 39,5 x 0,88)
34.760
 

Beneficio
360

Este beneficio es consecuencia de dos efectos:

Efecto cotización [(39.500 – 40.000) x 0,88]
(440)
Efecto tipo de cambio [40.000 x (0,88 – 0,86)]
800
 

Total
360
Concepto Debe Haber
I.F.T. en instrumentos de patrimonio (540) 360  
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900)   360

Nuevamente nos encontramos con el efecto impositivo ya que este ingreso contabilizado no va a tributar en el ejercicio actual, por lo que surge una diferencia temporaria imponible que registraremos en el pasivo del balance con cargo a una partida de gasto por impuesto diferido.

Concepto Debe Haber
Impuesto diferido (8301) (360 x 30%) 108  
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479)   108

Finalmente por la «regularización» de estos gastos e ingresos.

Concepto Debe Haber
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900) 360  
Ajustes por valoración activos financieros disponibles para la venta (1330)   360
Concepto Debe Haber
Ajustes por valoración activos financieros disponibles para la venta (1330) 108  
Impuesto diferido (8301)   108

• 27-7-2009.

Venta de las acciones:

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (1.000 x 41 x 0,90) 36.900  
I.F.T. en instrumentos de patrimonio (540) (34.400 + 360)   34.760
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900)   2.140

Además del resultado anterior, debemos imputar a la cuenta de Pérdidas y ganancias el resultado que en el ejercicio anterior imputamos al patrimonio neto, así como su correspondiente efecto impositivo.

Concepto Debe Haber
Transferencia de beneficios de activos financieros disponibles para la venta (802) (360 + 2.140) 2.500  
Beneficios de disponibles para la venta (7632)   2.500
Concepto Debe Haber
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479) 108  
Impuesto diferido (8301)   108

Al cierre del ejercicio, por la regularización de las cuentas de gastos e ingresos.

Concepto Debe Haber
Beneficios de disponibles para la venta (7632) 2.500  
Resultado del ejercicio (129)   2.500
Concepto Debe Haber
Beneficios en activos financieros disponibles para la venta (900) 2.140  
Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330)   2.140
Concepto Debe Haber
Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330) 2.500  
Transferencia de beneficios de activos financieros disponibles para la venta (802)   2.500
Concepto Debe Haber
Impuesto diferido (8301) 108  
Ajustes por valoración en activos financieros disponibles para la venta (1330)   108

EJEMPLO 14

La sociedad «NYKESA» adquiere, el 1 de noviembre de 2008, 1.000 acciones en la Bolsa de Nueva York a la cotización de 40 $. Los gastos de compra ascienden a 100 $. El tipo de cambio el día de la adquisición es de 1 $ = 0,86 €.

La sociedad clasifica esta inversión como mantenida para negociar.

Al cierre del ejercicio la cotización de las acciones es de 39,50 $ y el tipo de cambio es de 1 $ = 0,88 €.

El 31 de agosto del ejercicio siguiente se venden las acciones a 41 $, siendo el tipo de cambio de 1 $ = 0,90 €.

• 01-11-2008.

Compra de las acciones:

Recordemos que en la valoración de los activos financieros mantenidos para negociar no se incluyen los gastos de adquisición, sino que se imputan a la cuenta de Pérdidas y ganancias.

Concepto Debe Haber
I.F.T. en instrumentos de patrimonio (540) (1.000 x 40 x 0,86) 34.400  
Otros gastos financieros (669) (100 x 0,86) 86  
Bancos, c/c a la vista (572)   34.486

• 31-12-2008.

Cierre del ejercicio.

Valor de adquisición
34.400
Valor razonable (1.000 x 39,5 x 0,88)
34.760
 

Beneficio
360

En este caso y nuevamente siguiendo a la norma de valoración 9.ª del PGC 07, las variaciones que surgen en el valor razonable de estos activos financieros se reconocen en la cuenta de Pérdidas y ganancias.

Concepto Debe Haber
I.F.T. en instrumentos de patrimonio (540) 360  
Beneficios en cartera de negociación (7630)   360

• 31-8-2009.

Venta de las acciones:

Concepto Debe Haber
Bancos, c/c a la vista (572) (1.000 x 41 x 0,90) 36.900  
I.F.T. en instrumentos de patrimonio (540) (34.400 + 360)   34.760
Beneficios en cartera de negociación (7630)   2.140

1.3. Conversión de las cuentas anuales a la moneda de presentación

La moneda de presentación es la moneda en que se formulan las cuentas anuales. Para las empresas domiciliadas en España es el euro.

De esta manera, cuando una empresa española opere en un entorno económico cuya moneda funcional no sea el euro deberá convertir sus cuentas anuales a los efectos de su presentación. El apartado 2 de la norma de valoración 11.ª del PGC 07 establece que para realizar la conversión a euros de las cuentas anuales, se aplicarán los criterios establecidos en las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas sobre «Conversión de estados financieros en moneda funcional distinta de la presentación».

Los artículos 54 y siguientes de dichas normas permiten dos métodos de conversión:

  1. Método del tipo de cambio al cierre (artículo 55).
  2. Método monetario-no monetario (artículo 56).

a) Método del tipo de cambio al cierre

Cuando se aplique el método del tipo de cambio al cierre, la conversión se realizará conforme a las siguientes reglas:

  1. Todos los bienes, derechos y obligaciones se convertirán utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de cierre del ejercicio.
  2. Las partidas de la cuenta de Pérdidas y ganancias se convertirán utilizando los tipos de cambio existentes en las fechas en que se realizaron las correspondientes operaciones. Podrá utilizarse un tipo de cambio medio siempre que se pondere debidamente, en función del volumen de transacciones realizadas por cada período (mensual, trimestral, etc.), para evitar la incidencia de la estacionalidad.
  3. La diferencia entre el importe de los fondos propios de la sociedad, incluido el saldo de la cuenta de Pérdidas y ganancias conforme al apartado b) anterior, convertidos al tipo de cambio histórico y la situación patrimonial neta que resulte de la conversión de los bienes, derechos y obligaciones conforme al apartado a) anterior, se inscribirá, con el signo positivo o negativo que le corresponda, en los fondos propios del balance consolidado en la partida «diferencias de conversión».

b) Método monetario-no monetario

Cuando se aplique el método monetario-no monetario, la conversión se realizará teniendo en cuenta las siguientes reglas:

  1. Las partidas no monetarias del balance se convertirán utilizando los tipos de cambio históricos. A estos efectos tendrán la consideración de tipo de cambio histórico el vigente a la fecha en que cada elemento pasó a formar parte del patrimonio de la sociedad. Las correcciones valorativas de los elementos no monetarios se convertirán utilizando el tipo de cambio aplicable a los correspondientes elementos.
  2. Las partidas monetarias del balance se convertirán al tipo de cambio vigente en la fecha de cierre del ejercicio.
  3. Las partidas de la cuenta de Pérdidas y ganancias, a excepción de lo dispuesto en el apartado d) siguiente, se convertirán utilizando los tipos de cambio vigentes en las fechas en que se realizaron las correspondientes transacciones. Podrá utilizarse un tipo de cambio medio siempre que se pondere debidamente, en función del volumen de transacciones realizadas por cada período (mensual, trimestral, etc.), para evitar la incidencia de la estacionalidad.
  4. Los ingresos y gastos relacionados con partidas no monetarias, tales como dotaciones a las amortizaciones y provisiones, imputación a resultados de gastos e ingresos a distribuir en varios ejercicios, el coste a considerar en la determinación de beneficios o Pérdidas en la enajenación de tales elementos, se convertirán al tipo de cambio histórico aplicado a las correspondientes partidas no monetarias.
  5. La diferencia que surja de la aplicación de este método de conversión se imputará a los resultados, mostrándose separadamente en la partida «resultados positivos de conversión» o «resultados negativos de conversión» según corresponda.

EJEMPLO 15

La sociedad «MAKENSA», constituida a principios de 2008 y domiciliada en España, opera en un entorno económico cuya moneda funcional es el dólar.

A 31 de diciembre de 2008 presenta el siguiente balance de situación y cuenta de Pérdidas y ganancias en dólares.

BALANCE DE SITUACIÓN

Activo

Importes

Pasivo

Importes

Construcciones

Elementos de transporte

Inmovilizaciones financieras

Inmovilizado intangible

Deudores

I.F.T.

Tesorería

1.750.000,00

750.000,00

550.000,00

62.500,00

625.000,00

500.000,00

450.000,00

Capital social

Prima de emisión

Acreedores a l/p

Acreedores a c/p

AA construcciones

AA elementos transporte

AA inmovilizado intangible

Pérdidas y ganancias

2.500.000,00

1.250.000,00

250.000,00

125.000,00

50.000,00

37.500,00

12.500,00

462.500,00

Total

4.675.000,00

Total

4.675.000,00

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Debe

Importes

Haber

Importes

Consumo de mercaderías

Gastos de personal

Amortizaciones

Otros gastos de explotación

Gastos financieros

Beneficio

600.000,00

875.000,00

100.000,00

562.500,00

25.000,00

462.500,00

Ventas de mercaderías

 

 

 

 

 

2.625.000,00

 

 

 

 

 

Total

2.625.000,00

Total

2.625.000,00

Los elementos del inmovilizado se adquirieron en el momento de la constitución de la sociedad y el inmovilizado financiero, formado únicamente por inversiones en el patrimonio de otras empresas, en marzo. Las inversiones financieras temporales están constituidas por valores representativos de deuda.

A efectos de presentar las cuentas anuales se tiene la siguiente información relativa a los tipos de cambio del dólar:

Constitución de la sociedad

Adquisición del inmovilizado financiero

Promedio del año

31 de diciembre

0,85

0,87

0,88

0,84

La sociedad «MAKENSA» deberá convertir sus cuentas anuales a euros, aplicando cualquiera de los dos métodos admitidos por las normas para la formulación de las cuentas anuales consolidadas. Veámoslo por ambos procedimientos.

1. Método del tipo de cambio al cierre.

a) Conversión de la cuenta de Pérdidas y ganancias.

 

Debe

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en

Consumo de mercaderías

Gastos de personal

Amortizaciones

Otros gastos de explotación

Gastos financieros

Beneficio

600.000,00

875.000,00

100.000,00

562.500,00

25.000,00

462.500,00

0,88

0,88

0,88

0,88

0,88

0,88

528.000,00

770.000,00

88.000,00

495.000,00

22.000,00

407.000,00


2.625.000,00


2.310.000,00

Haber

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en

Ventas de mercaderías

2.625.000,00

0,88

2.310.000,00

Total

2.625.000,00

 

2.310.000,00

b) Conversión del balance de situación.

Activo

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en

Construcciones

Elementos de transporte

Inmovilizado financiero

Inmovilizado intangible

Deudores

IFT

Tesorería

1.750.000,00

750.000,00

550.000,00

62.500,00

625.000,00

500.000,00

450.000,00

0,84

0,84

0,84

0,84

0,84

0,84

0,84

1.470.000,00

630.000,00

462.000,00

52.500,00

525.000,00

420.000,00

378.000,00

Total

4.675.000,00


3.937.500,00

Pasivo

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en €

Capital social

Prima de emisión

Acreedores a l/p

Acreedores a c/p

AA construcciones

AA elementos transporte

AA inmovilizado intangible

Pérdidas y ganancias

Diferencias de conversión

2.500.000,00

1.250.000,00

250.000,00

125.000,00

50.000,00

37.500,00

12.500,00

462.500,00

0,85

0,85

0,84

0,84

0,84

0,84

0,84

 

2.125.000,00

1.062.500,00

210.000,00

105.000,00

42.000,00

31.500,00

10.500,00

407.000,00

–56.000,00

Total

4.675.000,00

 

3.937.500,00

2. Método monetario-no monetario.

a) Conversión del balance de situación.

Activo

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en

Construcciones

Elementos de transporte

Inmovilizado financiero

Inmovilizado intangible

Deudores

IFT

Tesorería

1.750.000,00

750.000,00

550.000,00

62.500,00

625.000,00

500.000,00

450.000,00

0,85

0,85

0,87

0,85

0,84

0,84

0,84

1.487.500,00

637.500,00

478.500,00

53.125,00

525.000,00

420.000,00

378.000,00

Total

4.675.000,00


3.979.625,00

Pasivo

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en €

Capital social

Prima de emisión

Acreedores a l/p

Acreedores a c/p

AA construcciones

AA elementos transporte

AA inmovilizado intangible

Pérdidas y ganancias

2.500.000,00

1.250.000,00

250.000,00

125.000,00

50.000,00

37.500,00

12.500,00

462.500,00

0,85

0,85

0,84

0,84

0,85

0,85

0,85

 

2.125.000,00

1.062.500,00

210.000,00

105.000,00

42.500,00

31.875,00

10.625,00

392.125,00

Total

4.675.000,00


3.979.625,00

b) Conversión de la cuenta de Pérdidas y ganancias.

De acuerdo con el artículo 56 de las Normas para la Formulación de Cuentas anuales consolidadas, se puede utilizar un tipo de cambio medio, siempre que se pondere debidamente. A efectos de la solución suponemos que el tipo medio anual proporcionado por el enunciado cumple este requisito.

Debe

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en

Consumo de mercaderías

Gastos de personal

Amortizaciones

Otros gastos de explotación

Gastos financieros

Rdos. negat. de conversión

Beneficio

600.000,00

875.000,00

100.000,00

562.500,00

25.000,00

 

462.500,00

0,88

0,88

0,85

0,88

0,88

 

 

528.000,00

770.000,00

85.000,00

495.000,00

22.000,00

17.875,00

392.125,00

Total

2.625.000,00


2.310.000,00

Haber

Importe en $

Tipo de cambio

Importe en

Venta de mercanderías

2.625.000,00

0,88

2.310.000,00

Total

2.625.000,00

 

2.310.000,00

1.4. Información a revelar en la memoria de las cuentas anuales

De acuerdo con la nota 11.ª sobre el contenido de la Memoria, las empresas deberán revelar la siguiente información relacionada con sus operaciones en moneda extranjera:

  1. Importe global de los elementos de activo y pasivo denominados en moneda extranjera, incluyendo un desglose de activos y pasivos más significativos clasificados por monedas. También se indicarán los importes correspondientes a compras, ventas y servicios recibidos y prestados.
  2. La empresa revelará la siguiente información:

    1. El importe de las diferencias de cambio reconocidas en el resultado del ejercicio, presentando por separado las que provienen de transacciones que se han liquidado a lo largo del período de las que están vivas o pendientes de vencimiento a la fecha de cierre del ejercicio, con excepción de las procedentes de los instrumentos financieros que se valoren al valor razonable con cambios en la cuenta de Pérdidas y ganancias.
    2. Las diferencias de conversión clasificadas como un componente separado del patrimonio neto, dentro del epígrafe «Diferencias de conversión», así como una conciliación entre los importes de estas diferencias al principio y al final del ejercicio.
  3. Cuando se haya producido un cambio en la moneda funcional, ya sea de la empresa que informa o de algún negocio significativo en el extranjero, se revelará este hecho, así como la razón de dicho cambio.
  4. En el caso excepcional de que la empresa utilice más de una moneda funcional, deberá revelar el importe de los activos, cifra de negocios y resultados que han sido expresados en cada una de esas monedas funcionales.
  5. En su caso, la moneda funcional de un negocio en el extranjero cuando sea distinta a la moneda de presentación de las cuentas anuales.
  6. Cuando la empresa tenga negocios en el extranjero y estén sometidos a altas tasas de inflación, informará sobre:

    1. El hecho de que las cuentas anuales, así como las cifras correspondientes a ejercicios anteriores, han sido ajustadas para considerar los cambios en el poder adquisitivo general de la moneda funcional y que, como resultado de ello, están expresadas en la unidad monetaria corriente a la fecha de cierre del ejercicio.
    2. La identificación y valor del índice general de precios a la fecha de cierre del ejercicio, así como el movimiento del mismo durante el ejercicio corriente y el anterior.