Problemas contables

Aplicación de la RICAC de ingresos por una empresa que aplica el PGC de Pymes

Ingresos. Una hucha de cerdito rosa, una mano le echa una moneda y al lado varios montones de monedas

En la Consulta 3 del BOICAC 128 se plantean diversas cuestiones relacionadas con la aplicación de la Resolución de 10 de febrero de 2021 del ICAC, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios (RICAC de ingresos) por una empresa que aplica el PGC de PYMES.

El consultante hace referencia a lo indicado en el apartado VI de la introducción del Real Decreto 1/2021 de modificación del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre: “La decisión adoptada ha sido no modificar los criterios de (…) reconocimiento de ingresos del PGC de PYMES y mantener así la política de simplificar las obligaciones contables de las empresas de menor tamaño”. Así como lo señalado en el apartado III de la Introducción de la RICAC de ingresos: “la presente Resolución se podrá aplicar de forma subsidiaria por las empresas que apliquen el PGC de PYMES en ausencia de un desarrollo expreso de la operación en su marco de información financiera.”

Adquisición de un crédito deteriorado con garantía hipotecaria

Crédito. Primer plano de una mano firmado un contrato y una casa de madera al lado

La consulta 2 del BOICAC 127 de septiembre de 2021 nos plantea el caso de la adquisición de un crédito deteriorado con garantía hipotecaria, antes y después de la reforma introducida en el Plan General de Contabilidad por el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero.

A. Ejercicios iniciados antes del 1 de enero de 2021.

La interpretación de este Instituto sobre el reconocimiento de los ingresos por intereses de un crédito adquirido con deterioro crediticio (que gozaba de garantía real) se publicó en la consulta nº 5 del BOICAC nº 80, de diciembre de 2009.

Cálculo de la cifra de negocios cuando se reciben subvenciones públicas

subvenciones

La Consulta 3 del BOICAC 122 nos plantea como realizar el cálculo de la cifra de negocios cuando la actividad principal de la sociedad está ligada al desarrollo de productos con financiación compartida entre recursos propios y otros procedentes de ayudas/subvenciones públicas para los distintos programas de I+D. Concretamente  pregunta si para determinar la cifra de negocio habría que considerar únicamente las ventas y prestaciones de servicios de carácter mercantil que se recogen en el subgrupo 70 o si también habría que incluir el importe neto de las ayudas recibidas y los trabajos propios realizados para la empresa, ya que la sociedad considera estos conceptos como "ordinarios" en las anualidades en que se están realizando las primeras fases de emprendimiento.

El Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, define la cifra anual de negocios en la norma 11ª de elaboración de las cuentas anuales, indicando:

"11ª Cifra anual de negocios El importe neto de la cifra anual de negocios se determinará deduciendo del importe de las ventas de los productos y de las prestaciones de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, el importe de cualquier descuento (bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas) y el del impuesto sobre el valor añadido y otros impuestos directamente relacionados con las mismas, que deban ser objeto de repercusión."

Cambio en la estimación sobre el ejercicio de una opción de compra en un contrato de arrendamiento

Arrendamiento. Imagen de la mano de dos hombre, una señala donde tiene que firmar la otra con un bolígrafo

La consulta 2 del BOICAC 120, de diciembre de 2019 nos plantea el caso de una sociedad que firmó, en mayo de 20X5, a título de arrendataria, un contrato de arrendamiento de un complejo de apartamentos con opción a compra.

A la vista del contenido del acuerdo, la sociedad contabilizó desde el principio el arrendamiento como operativo debido a que no existía certeza de que se fuera a ejercitar la opción de compra y, además, el precio de dicha opción era, a la firma del contrato, muy superior al precio de mercado del activo.

Tratamiento contable de la adquisición de un activo por usucapión

Tratamiento contable de la adquisición de un activo por usucapión. Imagen de una casa con un reloj de arena a su lado

Exponemos a continuación una aplicación práctica de la consulta 6 del BOICAC 113, de marzo de 2018, sobre el reflejo contable de la adquisición por usucapión (en virtud de una resolución judicial favorable) de una finca de naturaleza urbana sobre la que ha venido ostentando su posesión ininterrumpida por más de 35 años.

Los activos, según el Plan General de Contabilidad (PGC) son:

“1. Activos: bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la empresa, resultantes de sucesos pasados, de los que se espera que la empresa obtenga beneficios o rendimientos económicos en el futuro.”

Contabilización por parte del socio de la aplicación del resultado

Resultado. Unas flechas en gris apuntando en todas las direcciones y una  amarilla apunta hacia arriba

Este mes exponemos una seria de ejemplos sobre la contabilización por parte del socio de la aplicación del resultado, teniendo en cuenta la establecido al respecto en la consulta 1 del BOICAC 123 de septiembre de 2020.

La consulta plantea la interpretación que debe seguirse para contabilizar en el socio el reparto de dividendos en diferentes escenarios y, en particular, sobre el alcance concreto de los apartados 2 y 3 del artículo 31 La contabilización de la aplicación del resultado en el socio de la Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital. A continuación, se exponen y resuelven los casos planteados.

Provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado

Ejemplo sobre la contabilización de la provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado. Imagen de hucha de cerdito sobre calendario

Según la NRV 15ª del PGC "la empresa reconocerá como provisiones los pasivos que, cumpliendo la definición1 y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad, resulten indeterminados respecto a su importe o a la fecha en que se cancelarán. Las provisiones pueden venir determinadas por una disposición legal, contractual o por una obligación implícita o tácita. En este último caso, su nacimiento se sitúa en la expectativa válida creada por la empresa frente a terceros, de asunción de una obligación por parte de aquélla.

La provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado recoge el importe estimado de los costes de desmantelamiento o retiro del inmovilizado, así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta. La empresa puede incurrir en estas obligaciones en el momento de adquirir el inmovilizado o para poder utilizar el mismo durante un determinado periodo de tiempo.

Ayuda asociada al aval de un préstamo concedido por el ICO. NRV 18ª

Caso practico sobre la contabilización de una ayuda asociada al aval de un préstamo concedido por el ICO. Imagen de monedas, billetes y una calculadora

Planteamos un caso práctico relacionado con la Consulta 2 del BOICAC 125 de marzo de 2021. La consulta plantea el caso de una sociedad que ha solicitado un préstamo ICO por Covid-19, que ya ha sido recibido y contabilizado por la sociedad. Dicho préstamo lleva asociado un aval concedido por el ICO, por un importe que equivale al 80% de la operación de financiación. Se cuestiona cómo debe contabilizarse el importe de la ayuda resultante de la concesión de la garantía debido a que la sociedad no ha recibido ningún ingreso.

Del texto de la consulta parece desprenderse que el importe de la ayuda tiene como fondo económico el ingreso que la sociedad ha recibido en forma del pago del aval por el ICO para cubrir el gasto de aval necesario para la concesión del crédito, con independencia de que no se haya producido la corriente monetaria de cobro e ingreso por parte del receptor de la ayuda.

En primer lugar, la ayuda recibida por el ICO, que se ha formalizado como un aval, se registrará conforme a los criterios establecidos en el apartado 1. Subvenciones, donaciones y legados otorgados por terceros distintos a los socios o propietarios de la Norma de Registro y Valoración (NRV) 18.ª Subvenciones, donaciones y legados recibidos, del Plan General de Contabilidad (PGC), aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre:
“Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables se contabilizarán inicialmente, con carácter general, como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias como ingresos sobre una base sistemática y racional de forma correlacionada con los gastos derivados de la subvención, donación o legado, de acuerdo con los criterios que se detallan en el apartado 1.3 de esta norma.”

Por su parte, el apartado 1.3. Criterios de imputación a resultados de la NRV 18ª establece:

Ampliación de capital por compensación de deudas con emisión de acciones por debajo de su valor razonable

Ampliación de capital por compensación de dudas cuando el valor de emisión de las acciones es inferior a su valor razonable. Imagen de pantalla con datos contables y lápiz interactivo

La Consulta 1 del BOICAC 127 de septiembre de 2021 plantea el caso de una sociedad (cotizada en la Bolsa de Madrid) que quiere realizar una ampliación de capital por compensación de deudas emitiendo acciones por un valor inferior a su valor razonable.

La Resolución de 5 de marzo de 2019 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital (RICAC de sociedades), establece en su artículo 33 lo siguiente:

Métodos de amortización contable

Amortización. Imagen de un engranaje viejo y nuevo

Mediante la amortización contable reflejamos la pérdida de valor que sufren los elementos del inmovilizado de la empresa por el uso, la obsolescencia o el simple transcurso del tiempo siendo esta pérdida de valor sistemática e irreversible.

La compra de un elemento de inmovilizado no se registra contablemente como un gasto sino como una inversión. El gasto se refleja en la contabilidad mediante la amortización de forma proporcional a lo largo de la vida útil del bien. Cuando registramos la amortización de un bien mediante un asiento contable estamos reflejando por un lado la disminución del valor del inmovilizado y por otro un aumento de gasto que representa el coste del bien imputable a cada ejercicio.

Debemos tener en cuenta que la vida útil del bien es el período durante el cual se espera utilizar el activo amortizable por parte de la empresa; o bien el número de unidades de producción que se espera obtener del mismo por parte de la entidad.

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