3 razones por las que el administrador de una empresa debe tener conocimientos de contabilidad

3 razones por las que el administrador de una empresa debe tener conocimientos de contabilidad

La contabilidad es la eterna tarea pendiente de muchos administradores y gerentes de empresas, lo cual tiene su explicación en el ciclo de vida de la empresa, ya que durante las fases de nacimiento y crecimiento los esfuerzos se suelen centrar en la actividad comercial.

Obviamente si la empresa es creada por un licenciado en Administración y Dirección de Empresas, este será plenamente consciente de la importancia de la contabilidad, pero muchas empresas son creadas por profesionales de otras áreas, para los cuales la contabilidad es una obligación, que por lo general les parece costosa, que debe llevar la asesoría y de la cual no deben preocuparse.

Sin embargo, al igual que evolucionamos como personas, un administrador o gerente de una empresa debe evolucionar al ritmo de la misma, de manera que lo que una vez fue un pensamiento válido, puede dejar de serlo con el crecimiento de la empresa.

«Todas las cosas deben cambiar, y solo así permanecen verdaderas»

C. G. Jung (médico psiquiatra, psicólogo y ensayista suizo)

Y así, con el crecimiento de cualquier empresa, es conveniente que las personas que están al frente de las empresas adquieran una formación práctica en contabilidad que les permita comprender cómo se realizan y formulan los estados financieros a partir de las anotaciones contables, para una vez conocidos los fundamentos de la contabilidad y la normativa en la que se apoya, poder profundizar en las diversas técnicas de análisis económico-financiero que les faciliten realizar un diagnóstico de la situación de la empresa, así como establecer la base para realizar previsiones acerca de su comportamiento futuro.

¿Por qué el administrador de una empresa debe saber contabilidad?

Las 3 principales razones por las que un administrador debe tener conocimientos de contabilidad son las siguientes:

  • El administrador debe saber qué es lo que está firmando, y si no tiene conocimientos de contabilidad difícilmente entenderá las cuentas anuales que está firmando y de las cuales se responsabiliza. Para conocer el alcance de las obligaciones y responsabilidades de los administradores, estos deben tener presente algunos artículos de la Ley de sociedades de capital.

Artículo 253 sobre la formulación de las cuentas anuales.

«1. Los administradores de la sociedad están obligados a formular, en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social, las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado, así como, en su caso, las cuentas y el informe de gestión consolidados.
2. Las cuentas anuales y el informe de gestión deberán ser firmados por todos los administradores. Si faltare la firma de alguno de ellos se señalará en cada uno de los documentos en que falte, con expresa indicación de la causa».

Artículo 254 sobre el contenido de las cuentas anuales.

«1. Las cuentas anuales comprenderán el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, un estado que refleje los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, un estado de flujos de efectivo y la memoria.

2. Estos documentos, que forman una unidad, deberán ser redactados con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la sociedad, de conformidad con esta ley y con lo previsto en el Código de Comercio.

3. La estructura y contenido de los documentos que integran las cuentas anuales se ajustará a los modelos aprobados reglamentariamente».

Artículo 272 sobre aprobación de las cuentas.

«1. Las cuentas anuales se aprobarán por la junta general.

2. A partir de la convocatoria de la junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas».

Artículo 236 sobre presupuestos y extensión subjetiva de la responsabilidad.

«1. Los administradores responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales, del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo, siempre y cuando haya intervenido dolo o culpa.

La culpabilidad se presumirá, salvo prueba en contrario, cuando el acto sea contrario a la ley o a los estatutos sociales.

2. En ningún caso exonerará de responsabilidad la circunstancia de que el acto o acuerdo lesivo haya sido adoptado, autorizado o ratificado por la junta general».

Los administradores tienen pues responsabilidad frente a socios y terceros, del daño que pudieran causar con sus actos y omisiones contarios a la ley, de manera que si las cuentas anuales, que firman, no se han realizado aplicando los criterios y las normas de contabilidad recogidas en el Plan General Contable, sobre ellos recaerá la responsabilidad.

  • El administrador debe extraer información de los estados contables para la toma de decisiones, ya que de lo contrario será como dirigir a ciegas el negocio. Un eslogan de neumáticos de la marca Pirelli, decía:

«La potencia sin control no sirve de nada»

Y es que toda la potencia de una organización se puede diluir si la administración de una empresa es deficiente y su contabilidad no refleja la imagen fiel de la sociedad, de manera que los administradores puedan diagnosticar los problemas y anticiparse a estos.

  • Si el administrador no tiene unos mínimos conocimientos de contabilidad difícilmente sabrá si los trabajadores que llevan a cabo las tareas contables en su empresa o la asesoría que elabora la contabilidad realizan su trabajo diligentemente.

¿Cómo aprender contabilidad de una manera rápida y práctica este verano?

Como cualquier época del año es buena para formase, el CEF.- Centro de Estudios Financieros pone a disposición de los interesados varias convocatorias durante el curso académico de tres de sus cursos más señalados en materia contable, que impartidos en modalidad presencial y online ayudan a profundizar en la contabilidad desde lo más básico, hasta temas y casos prácticos más complejos:

Estos cursos no pretenden que el administrador o el gerente ocupen el puesto del contable o del asesor de empresas, pero sí que entiendan los estados contables, profundicen en estos, sepan qué preguntar a los profesionales de la contabilidad y comprendan la información contable para la toma de decisiones.

José Ramón Fernández de la Cigoña Fraga
Director Administrativo y Financiero (CFO)

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