Amortización de empréstitos (II). Conversión de obligaciones en acciones

Las obligaciones convertibles, o bonos convertibles, son títulos financieros que ofreciendo unas características muy similares a las que ofrece un título de renta fija, además, deja abierta la posibilidad de poder convertirlo en un título de renta variable.

Podemos analizar la operación de conversión de obligaciones en acciones desde dos puntos de vista:

  • El económico, en el que la operación consiste en cancelar la deuda representada por las obligaciones en circulación mediante la entrega de acciones de la propia sociedad.
  • El contable, en cuyo caso la operación supone la desaparición de un pasivo (el representado por las mencionadas obligaciones) convirtiéndose éste en neto patrimonial (acciones de la sociedad)

El Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto establece en su artículo 414 los requisitos necesarios para la emisión de obligaciones convertibles:

“Artículo 414. Requisitos de la emisión.
1. La sociedad podrá emitir obligaciones convertibles en acciones, siempre que la junta general determine las bases y las modalidades de la conversión y acuerde aumentar el capital en la cuantía necesaria.
2. Los administradores deberán redactar con anterioridad a la convocatoria de la junta un informe que explique las bases y modalidades de la conversión, que deberá ser acompañado por otro de un auditor de cuentas, distinto al auditor de la sociedad, designado a tal efecto por el Registro Mercantil.”

A su vez el artículo 415 TRLSC dispone lo siguiente:

“Artículo 415. Prohibiciones legales.
1. Las obligaciones convertibles no pueden emitirse por una cifra inferior a su valor nominal.
2. Las obligaciones convertibles no pueden ser convertidas en acciones cuando el valor nominal de aquéllas sea inferior al de éstas.”

Desde el punto de vista contable las obligaciones convertibles se consideran instrumentos financieros compuestos (incluyen un componente de pasivo y otro de patrimonio neto) y se deben reconocer, valorar y presentar por separado ambos componentes. La norma de registro y valoración 9.5.2 dice:

“La empresa distribuirá el valor en libros inicial de acuerdo con los siguientes criterios que, salvo error, no será objeto de revisión posteriormente:

a) Asignará al componente de pasivo el valor razonable de un pasivo similar que no lleve asociado el componente de patrimonio.
b) Asignará al componente de patrimonio la diferencia entre el importe inicial y el valor asignado al componente de pasivo.
c) En la misma proporción distribuirá los costes de transacción.”

Puede ocurrir que finalmente la amortización no se realice convirtiendo las obligaciones en acciones sino mediante el pago en metálico ya sea porque los propios obligacionistas hayan optado por dicha opción o porque la sociedad emisora y el sindicato de obligacionistas así lo hayan acordado.

EJEMPLO

La sociedad A emite el 1 de enero de 20X0 el siguiente empréstito convertible:

  • Nominal emitido: 100.000 euros.
  • Cupón anual: 5.000 (5%)
  • Amortización a la par a los tres años.
  • Relación de canje: 1 obligación=1 acción
  • Gastos de emisión: 1.500 euros.
  • Tipo de interés de mercado de empréstitos sin opción de conversión de similar plazo  y riesgo: 9%

Al llegar el vencimiento existen dos opciones:

  • Optar por el reembolso en efectivo.
  • Optar por la conversión de las obligaciones en acciones.

SOLUCIÓN

En primer lugar calculamos el valor actual del empréstito:

VA = 5.000/(1,09) + 5.000/ (1,09)2 + 5.000/ (1,09)3 + 100.000/(1,09)3

VA = 89.874,82 euros.

El valor actual total del componente de pasivo es el resultado de sumar los valores actuales de los intereses y del principal, en este caso, 89.874,82 euros; y el componente de patrimonio se valora por la diferencia con el importe obtenido en la emisión, esto es 10.125,18 euros (100.000 – 89.874,82).

Al igual que el instrumento se divide en componente de pasivo y componente de patrimonio así debe suceder con los gastos de emisión:

Gastos asociados al componente de pasivo 1.500 x (89.874,82/100.000) 1.348,12
Gastos asociados al componente de patrimonio 1.500 x (10.125,18/100.000) 151,88
Total gastos 1.500,00

A continuación calculamos el tipo de interés efectivo:

89.874,82 – 1.348,12 = 5.000/(1 + i) + 5.000/(1 + i)2 + 5.000/(1 + i)3 + 100.000/(1 + i)3

i = 0,095794658

Una vez calculado el tipo de interés efectivo calculamos el cuadro de coste amortizado:

Año

Interés efectivo

Interés explicito

Interés implícito

Coste amortizado

X0

8.480,38

5.000,00

3.480,38

92.007,08

X1

8.813,79

5.000,00

3.813,79

95.820,87

X2

9.179,13

5.000,00

4.179,13

100.000,00

Asientos contables:

1 de enero de 20X0. Por la emisión del empréstito:

Cuenta Debe Haber
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (100.000 – 1.500)
98.500,00
(1110) Patrimonio neto por emisión de instrumentos financieros compuestos (10.125,18 – 151,88)
9.973,30
(178) Obligaciones y bonos convertibles (89.874,82 - 1.348,12)
 
88.526,70

31 de diciembre de 20X0. Por el pago del cupón:

Cuenta Debe Haber
(661) Intereses de obligaciones y bonos
5.000,00
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
5.000,00

Por el devengo del interés implícito:

Cuenta Debe Haber
(661) Intereses de obligaciones y bonos
3.480,38
(178) Obligaciones y bonos convertibles
3.480,38

31 de diciembre de 20X1. Por el pago del cupón:

Cuenta Debe Haber
(661) Intereses de obligaciones y bonos
5.000,00
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
5.000,00

Por el devengo del interés implícito:

Cuenta Debe Haber
(661) Intereses de obligaciones y bonos
3.813,79
(178) Obligaciones y bonos convertibles
3.813,79

Por la reclasificación de la deuda:

Cuenta Debe Haber
(178) Obligaciones y bonos convertibles
95.820,87
(501) Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo
95.820,87

31 de diciembre de 20X2. Por el pago del cupón:

Cuenta Debe Haber
(661) Intereses de obligaciones y bonos
5.000,00
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
5.000,00

Por el devengo del interés implícito:

Cuenta Debe Haber
(661) Intereses de obligaciones y bonos
4.179,13
(501) Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo
4.179,13

Por la recogida de las obligaciones para su amortización:

Cuenta Debe Haber
(501) Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo
100.000,00
(509) Valores negociables amortizados
100.000,00

Opción 1. Amortización de las obligaciones en efectivo:

Cuenta Debe Haber
(509) Valores negociables amortizados
100.000,00
(572) Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros
100.000,00

Cuenta Debe Haber
(1110) Patrimonio neto por emisión de instrumentos financieros compuestos
9.973,30
(113) Reservas voluntarias
9.973,30

Opción 2. Amortización por conversión:

Cuenta Debe Haber
(190) Acciones o participaciones emitidas
100.000,00
(194) Capital emitido pendiente de inscripción
100.000,00

Cuenta Debe Haber
(509) Valores negociables amortizados
100.000,00
(190) Acciones o participaciones emitidas
100.000,00

Cuenta Debe Haber
(194) Capital emitido pendiente de inscripción
100.000,00
(100) Capital social
100.000,00

Cuenta Debe Haber
(1110) Patrimonio neto por emisión de instrumentos financieros compuestos
9.973,30
(110) Prima de emisión o asunción
9.973,30