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X-CHARGES

Hola,
Quiero preguntaros sobre el controvertido tema de los "Cross Charges" entre compañias.

Donde pensais que es mas correcto contabilizar lo siguiente:

Imaginaros una empresa en España que tiene su matriz en USA, esta le pide que pague gastos en España y luego todos estos pagos se los deducirá de las compras que la española
hace a la casa madre. (Obviamente los pagos no se deducen en España, están directamente facturados a la compañia en USA)

Hasta el momento del descuento todos esos pagos lo contabilizariais en cuentas de deudores? 440 ó en cuentas corrientes con empresas asociadas 552?, desde luego yo no lo haría nunca en el mismo grupo de proveedor (402 ó 403 ahora)

Muchas gracias