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´Préstamos al personal

Hola a todos. Tengo algunas dudas antes de empezar a contabilizar 2008.Es una situación especial que se ha dado en mi empresa. Además de esta duda tengo otras dos más también muy particulares que os las enviaré otro día.
Lo que quiero saber es si creeis que mi interpretación es correcta, y sinó es así cómo lo haríais vosotros.
1º CASO.
Tenemos dos cuentas de créditos al personal a largo plazo (254) en donde en el cambio en el programa me pide que ponga el tipo de activo financiero que es:
AF0 Selec. tipo activo.(es la opción que he seleccionado porque creo no es ninguna de las demás pues considero que el crédito concedido al personal entra en el grupo de préstamos y partidas a cobrar cuya valoración posterior será por su coste amortizado utilizando el tipo de interés efectivo).
Las opciones que me da son:
AF1 Activo a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias mantenidos para negociar.
AF2 Activos a valor razonable con cambios en PyG.
AF3 Inversiones mantenidas hasta el vto
AF4 Activos disponibles para la venta a valor razonable.
Para que lo entendais mejor os voy a explicar cómo es este préstamos:

Las condiciones del préstamo son las siguientes.
Se concede un préstamo a un trabajador por importe de 18.724 €.Este trabajador no pagará ningún tipo de interés mientras permanezca en la empresa.Si la empresa le despide y este despido se declara improcedente se cobrará el préstamo de la indemnización por despido improcedente que cubre de sobra el préstamo. Si se va voluntariamente él deberá devolver el préstamo en el plazo de una semana a partir del día que curse baja y se devolverá intereses. Si no lo devuelve en esa semana se devengará intereses a partir de la misma el tipo vigente en ese momento.

Como he dicho he considerado para hacer el cambio la opción AF0 que no especifica nada por la razón explicada en el mismo entre paréntesis. Siguiendo mi razonamiento, si el crédito que se concedió a nuestro trabajador lo debo valorar a coste amortizado a un tipo de interés efectivo, en este caso, no hay plazo concreto de devolución y no se devengan intereses, con lo cual los asientos contables serían.

En el momento en que se concedió

18.724€ (254) Créditos a l/p al personal a (572) bancos 18.724 €

Dejarlo así, sin movimientos hasta que se produzca el cese voluntario o involuntario del trabajador, como se ha hecho hasta ahora.

1- Cuando nos lo devuelvan, si lo hace por baja voluntaria y en la semana estipulada.
Reclasifico el c/p al l/p.

18.724 € (544) Crédito a c/p al personal a (254) Créditos a l/p al personal 18.724 €

18.724 € (572) Bancos a (254) Créditos a l/p al personal 18.724 €

2- Cuando nos lo devuelve más tarde de lo estipulado cuando ha sido baja voluntaria, devengo intereses y calculo el tipo de interés efectivo.

En el momento que vence la deuda reclasificación de largo a corto plazo.

18.724 € (544) Crédito a c/p al personal a (254) Créditos a l/p al personal 18.724 €

Cuando finalmente nos devuelve el préstamo.
Intereses.

Importe i (544) Crédito a c/p al personal a (7621) Ingresos financieros Importe i

Cobro

18.724 + i (572) bancos a (544) Créditos a c/p al personal 18.724 + i

Si fuera despido improcedente lo saldaría contra la indemnización que va a recibir.

Yo lo haría así, pero me gustaría vuestra opinión, saber cómo lo hariais vosotros.

Muchas gracias.