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prestamos al personal

Hola a todos otra vez. Hace tres días os envíe un mesaje sobre una consulta de un préstamo hecho a un trabajador de nuestra empresa al cual no se le cobra intereses y debe devolverlo si cursa baja en la empresa. Si es baja voluntaria deberá devolverlo como máximo un semana después del último día trabajado.Si no paga en ese plazo se incrementará su deuda en el tipo de interes que en ese momento esté vigente.Si lo despide la empresa ésta se lo descontará de la indeminzación de tendrá de que pagarle ya que el importe que se le ha prestado está cubierto de sobre con la posible indemnización que ya ha generado.¿Como lo contabilizariais? por favor contestadme lo que creais.
Muchas gracia.

La cuenta adecuada será la 254-Créditos a largo plazo al personal.

En relación a tu consulta a mí me parece que no se puede considerar un activo, Ya que no tienes el control económico y además la probabilidad de obtención de beneficios económicos en la generalidad de los casos es inferior al 50% (Salvo que la politica de la empresa sea renovar la plantilla con frecuencia o o bien exista una fuga de trabajadores a otra empresa).