Información pública. Auditoría, control de calidad interno y glosario de términos

Mediante la Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría  de Cuentas (BOE de 16 de enero) se someten al trámite de información pública las Normas Técnicas de Auditoría, las Normas de Control de Calidad Interno y el Glosario de Términos, resultado de la actualización de las NIA-ES, las NIGC-ES y el Glosario de Términos en sustitución de los publicados por las Resoluciones de este Instituto de 15 de octubre de 2013, de 23 de diciembre de 2016, de 27 de octubre de 2020, de 9 de febrero de 2021 (únicamente en la parte relativa a la modificación de la NIA-ES 700 (Revisada), Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros), de 14 de octubre de 2021, de 20 de abril de 2022 y de 20 de diciembre de 2023.

Durante el plazo de dos meses, a computar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», se podrán formular por escrito, ante el ICAC o ante cualquiera de las Corporaciones representativas de los auditores de cuentas -Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores e Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España-, las alegaciones que se consideren oportunas a las Normas y al Glosario de Términos objeto de esta Resolución, estando expuesto, a dichos efectos, el contenido de las referidas normas y glosario, en la sede y en la página de Internet del ICAC y en la sede de las citadas Corporaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.2 del RLAC.

Una vez transcurrido el plazo anterior, y consideradas las alegaciones en su caso recibidas, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas procederá a la publicación, mediante la correspondiente Resolución, de las Normas Técnicas de Auditoría, las Normas de Control de Calidad Interno y el Glosario de Términos en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» y en la página de Internet de dicho Instituto www.icac.gob.es, conforme a lo establecido en el artículo 6 del RLAC.