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leasing

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Hola a todos tengo una duda, tengo un coche de empresa en leasing, ese coche lo utiliza un socio de la empresa, el leasing esta al nombre de la sociedad, el coche es un turismo no tiene insignias comerciales de la empresa gravado ni nada, y el socio lo utiliza para empresa y uso personal, por lo que el IVA de ese leasing se puede meter solo en el 50%,no? pero el gasto lo puedo computar entero no? y su gasolina y mantenimiento el iva y gasto como se imputará?
Gracias

Buenas tardes, Patariciap:

Según entiendo, todos los gastos accesorios del vehículo recibirán el mismo tratamiento: IVA al 50%, salvo que podáis acreditar un grado de afectación superior, y el 100% del gasto, siempre que sea pagado por la empresa, que sea un gasto contable para la empresa.

En cuanto a los recibos de leasing: la carga financiera se considerará gasto del ejercicio, y la parte correspondiente a la recuperación del coste del bien se imputará a resultados vía amortización, considerando los beneficios fiscales del leasing financiero.

Espero haberte servido de ayuda.

Un saludo.

Entonces el iva de todo lo relacionado con el coche se declararìa al 50%, pero el gasto que si que lo paga la empresa( gasolina, reparaciones....) iría total, no?
ejemplo reparacion coche total factura 1500
B.I 1293.10
IVA 206.90
Entonces yo pondría en el gasto 1293.10+103.45 en iva 103.45 y banco1500

no?

Bueno si las facturas vienen a nombre de la empresa y las paga ella, por lo que el total del iva lo paga la empresa, por lo tanto llevaría el total del iva a la 472, nosé si estoy en lo cierto, a no ser que el socio pagase la mitad de las facturas, pero nosé, eso sería un poco raro.

50% iva y el resto a gasto. Siempre que Hacienda no meta el hocico, y trague con que metas el coxe, pero te diga que la reparación no es tal, sino una mejora o que alarga la vida útil del bien, obligándote a imputarlo a PyG vía amortización.

Un saludo.