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retenciones

Hola. Tengo un proveedor que me ha aplicado en factura una retención del 1% sobre la base imponible. En que cuenta tengo que registrarla?. Gracias.

Hola Beatriz:

Hasta donde sé, los únicos rendimientos sometidos a retención fiscal al tipo del 1%, son los rendimientos de determinadas actividades económicas en régimen de estimación objetiva (dichas actividades se recogen en el art 95.6 RIRPF). Sólo pueden determinar sus rendimientos aplicando dicho régimen determinados sujetos (personas físicas y entidades del art. 35.4 LGT) y estos sujetos no están obligados a llevar contabilidad por partida doble.

No obstante, contabilizamos toda retención fiscal en la subcuenta 4751.X Esta retención, al igual que las restantes sobre los rendimientos de actividades económicas, deberán liquidarse en su apartado correspondiente en el modelo 110/111.

PD: Asegúrate de que dicha retención que os practican no es una retención "comercial".

Espero haberte sido de ayuda.