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NPGC - Dudas sobre la cuenta 8301

Una nueva consulta sobre el NPGC:

Es sobre la cuenta 8301 (Impuesto diferido)

Más que sobre el concepto y cómo utilizar la cuenta, mi duda es la siguiente:

Dicha cuenta, puede ser utlizada tanto para imputar directamente cantidades al Patrimonio Neto, como a PyG (por ejemplo, cuando tenemos una subvención, se podrán producir cargos o abonos a la 8301, que al final de año, se llevarán contra la cuenta 130)

Mi duda es simple: ¿Cómo sabemos, viendo el saldo de la cuenta 8301 al final del ejercicio, lo que va a Patrimonio Neto directamente y lo que va a PyG? ¿Hay que llevar un control extracontable o algo parecido? Es más, podría darse el caso de que al final del ejercicio la cuenta 8301 no tuviera saldo (sería un supuesto, cuando menos, posible)

¿No habría sido mejor crear una cuenta para hacer imputaciones directamente al Patrimonio Neto y otra para PyG? A lo mejor es una tontería esto último que he dicho

Al hilo de lo anterior, ¿no podría darse un caso parecido con el Efecto Impositivo? Es decir, ¿cómo sé la parte del efecto impositivo que es imputable a una Subvención, a Operaciones de Cobertura, a Activos Financieros Disponibles para la venta... si todo se lleva contra la misma cuenta?