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embargos

Hola, quisiera saber si puede la seguridad social embargarme la nomina y la cuenta bancaria a a la vez? Tengo una deuda con ellos y ya me estan embargando parte de la nomina y ademas de eso ahora me han embargado la cuenta, pueden hacerme eso? me han dejado sin blanca, es eso legal cuando ya me estan descontando parte de la nomina?
Por favor contestarme algo, no se que hacer...

Quizá es un tema más bien laboral, terreno que no domino en suficiencia para darte correcta respuesta.
No obstante, creo recordar que la facultad de embargo de la nómina de las personas físicas, queda limitado a un porcentaje de sus retribuciones.
A ver si alguien te resulta más concluyente, o bien pon el tema en un foro laboral.

asi es, la nomina la tengo embargada en un tanto por ciento a lo que yo gano, sin embargo aparte de eso me han embargado la cuenta bancaria tb, osea en resumidas cuentas, me embargan el tanto por ciento de la nomina mas el resto de la nomina que yo ingreso en mi cuenta, me quiere decir esta gente de que voy a comer yo? es acaso esto legal?

Al pie de esta página tienes un link al foro de laboral donde seguro que te orientan mejor.

Buenas tardes. Tendrías que averiguar si la empresa está ingresando la cantidad que te está descontado de la nómina. Y por otro lado del embargo del banco tiene que haber un requerimiento de Hacienda o de la Seg.Soc., que les obliga a embargarte ese dinero.

SI EL DINERO QUE TIENES EN LA CUENTA ES EL RESTO DE LA NOMINA QUE TIENES EMBARGADA. NO PUEDEN HACERLO, ESE DINERO SE CONSIDERA EL MINIMO NECESARIO PARA TU MANUTENCION Y LA DE TU FAMILLIA, TIENES QUE IR AL BANCO POR DODNDE COBRAS LA NOMINA Y RECLAMAR Y DECIR QUE NO TE EMBARGEN MAS DINERO QUE YA TIENES EMBARGADA LA NOMINA, SI NO TE HACEN CASO VETE A LA SEGURIDAD SOCIAL Y AVERIGUA POR QUE LO HACEN, ESO NO ES LEGAL. NO TE PUDEN EMBARGAR MAS DE LO QUE MARCA LA LEY Y EN TU CASO TE ESTAN EMBARGANDO DOS VECES LA NOMINA, 1º LA EMPRESA Y DESPUES EL BANCO POR DONDE COBRAS. DE ESA MANERA ESTAN EMBARGANDOTE UN PORCENTAJE DE TU SUELDO MUY SUPERIOR A LO QUE MARCA LA LEY. POSIBLEMENTE DICTARON LA ORDEN DE EMBARGO DE TUS CUENTAS PARA EMBARGARTE EL DIENRO QU ETUVIERAS EN TUS CUENTAS PERO NO EL QUE PROCEDE DE TU NÓMINA YA EMBARGADA QUE ES PARA TU SUBSISTENCIA

Buenas tardes. A ver si alguien me puede asesorar.
Hace 7 años que tenía un préstamo personal junto con mi marido. Él falleció en el año 2001 (justo cuando se dejó de pagar el préstamo). Cobro una pensión de viudedad que no llega al mínimo (484 euros). Actualmente trabajo y me ha llegado una providencia conforme me embargan la parte legal de la nómina. La providencia firmada por el juez hace alusión a mi nómina exclusivamente. Tengo entendido que no pueden ir contra la pensión de viudedad por no llegar ni siquiera al salario mínimo interprofesional. ME gustaría que alguien me corroborara esto.

Y si estoy en lo cierto con respecto a mi nómina:

Normalmente suelo cobrar alrededor de 1085 euros más o menos.(NETO).
El embargo lo hacen sobre el líquido?
si es así... sería 1085-600=485*30%= 145.5. ¿Sería esta cantidad de 145.5 el líquido a embargar?
Esta cantidad a embargar es variable en función al líquido a percibir? es decir... se embargaría el doble en las pagas extras?
Muchas gracias.