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RENTA: ¿Se puede deducir algo por la usar parte de la vivienda como despacho?

Hola,
Estoy cumplimentando la declaración de la Renta. En la página 1 se ponen los datos del domicilio habitual y un poco más abajo te pide datos adicionales de la vivienda.
En la casa en la que vivimos, que es de propiedad, destinamos una planta a la oficina. Hasta ahora, cuando hacíamos las declaraciones de Renta y Patrimonio, lo distinguíamos en la de patrimonio. Mi pregunta es si en la declaración de la Renta, se puede distinguir y si sirve de algo. Y en caso de que se pueda o deba distinguir, ¿se puede deducir algo por la parte que destinamos a la oficina?
A ver si alguien puede ayudarme. Gracias
JLLF

Prueba, mejor, en el foro de fiscal. Al pie de página.

Sin ser un experto a mi no me parece una buena idea, pues pueden pensar justamente lo contrario, o sea que teóricamente deberías recibir un alquiler por esa parte que se dedica al negocio.

1- Si eres persona física no tiene ningun sentido alquilarte un local a ti mismo, así que no hagas caso al comentario que han escrito anteriormente, cosa contraria sería si fuera una sociedad.
2- Si eres persona física y no tienes hipoteca puedes deducirte la parte de la amortización que corresponde al local como un gasto mas. Y si tienes hipoteca deberas ponderar la parte de lo que te deduces de la hipoteca según los metros cuadrados que corresponden al local (o sea no te podrías deducir el 100% de la misma, aunque compensa al aplicarte la amortización y los intereses de la misma por la parte correspondiente como un gasto mas de la actividad).
3- Ojo, si dedicas una parte de tu casa a la actividad debería estar informado, de alguna forma, a hacienda por medio de la declaración censal 036 o 037.
4- Puedes plantear tu caso al 902.33.55.33 (opción 1) no son muy de fiar per creo que te diran lo mismo que te digo yo