SUBVENCIONES
Enviado por glori111 el Mar, 01/07/2008 - 13:43
HOLA
ME GUSTARIA REALIZAR UNA CONSULTA
ACABAN DE CONCEDERNOS UNA AYUDA A LA TRADUCCION DE UN LIBRO. COMO LO CONTABILIZAO. COMO SUBVENCION (130.) ?
GRACIAS
HOLA
ME GUSTARIA REALIZAR UNA CONSULTA
ACABAN DE CONCEDERNOS UNA AYUDA A LA TRADUCCION DE UN LIBRO. COMO LO CONTABILIZAO. COMO SUBVENCION (130.) ?
GRACIAS
Subvenciones a la explotación
130. Subvenciones oficiales de capital
Las concedidas por las Administraciones Públicas,
tanto nacionales como internacionales, para el establecimiento
o estructura fija de la empresa (activos no corrientes)
cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los
criterios establecidos en las normas de registro y valoración.
Mientras que...
740. Subvenciones, donaciones y legados a la explotación
Las recibidas de las Administraciones Públicas,
empresas o particulares al objeto, por lo general de asegurar
una rentabilidad mínima o compensar «déficit» de
explotación del ejercicio o de ejercicios previos.
En resumen y si no entiendo mal: Si se trata de una subvención para el establecimiento de la empresa va a la 130 y si es para asegurar la rentabilidad de un trabajo, a la 740.
Creo que le vendría mejor una 740 para este caso.
Salvo mejor parecer.
SUBVENCION
LA VERDAD ES QUE NO ME QUEDA NADA CLARO. NOSOTROS SOMOS UN EDITORIAL DE LIBROS Y NOS HAN CONCEDIDO LA SUBVENCION PORQUE HEMOS TRADUCIDO UN LIBRO Y PARTE DE OTROS DOS A OTROS IDIOMAS.
COMO LO CONTABILIZARIAS?
GRACIAS DE ANTEMANO
SUBVENCION
La subvención recibida (se supone que de alguna Entidad Oficial, y considerándose como consecuencia de una actividad de la Explotación, su contabilización sería:
57*.Tesoreria (Caja/Banco)/740.Subvenciones, donaciones y legados.
Si no fuera oficial, sino particular, la cuenta a utilizar sería pués la 747.
Saludos
subvencion
mi duda es porq usar la cuenta 740 y no la 130
gracias
SUBVENCIONES
La cuenta 130, en el caso de Subvenciones a la Explotación, es transitoria. Se registra cuando se formaliza la subvención, es decir, cuando es aceptada.
Después hay que ir cancelandola a medidas de las aportaciones reales (746), o bién, contra la cuota del I.S.(4752), o por el gasto diferido asociado a la subvención (479).
En tu caso, abonar la subvención contra la cuenta (740 ó 746, directamente, una vez recibida la subvención en su totalidad, significa en realidad, saltarse el paso intermedio de hacerla pasar previamente por la 130.
La cuenta 130 existirá mientras no se compense o se cobre integramente. O bién, se trate de una Subvención al Capital, en que permanecerá constante.
Saludos.