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LA CUENTA 270 SE ELIMINA CON LA DEUDA, NO CON RESERVAS.

¡Hola a todos!:

Está habiendo mucha confusión sobre cómo ajustar el saldo de la antigua y desaparecida cuenta 270 al Nuevo Plan Contable. He leído en este foro que algunos han contestado diciendo que cancelaron dicha cuenta con una de reservas.
En realidad se debe hacer contra la de deuda para minorar ésta. Algo parecido al leasing, es decir: (520) a (270), ya que el Nuevo Plan establece que los gastos de formalización disminuyen la valoración de la deuda.

Si creéis que estoy equivocado, decidme por qué.

Saludos.

He estado tentado en dar la callada por respuesta,que seria una manera de asentirte , pero al final opto contestarte confirmándote que estás en lo cierto.El saldo pendiente de la 270, se traspasa contra la cuenta en la cual queda reconocida el principal de la deuda.

Hola, yo tengo un saldo pendiente en la cta 270 que son unos gastos de ampliación de capital y tambien unos gastos originados por la compra de una empresa ¿los llevo a reservas?
En unos días voy a formalizar un préstamo el cual va a tenwer unos gastos de formalización bastante importantes. Antes los llevaba a una 270 y los periodificaba durante la vida del préstamo ¿Como hago ahora? esos gastos ¿se pueden periodificar durante la vida del préstamo?y en caso afirmativo ¿a que cuenta se llevan? Gracias

La antigua 270 era para recoger los gastos formalización de deudas;para los gastos de ampliación de capital existia la 202 y en cuanto a los gastos originados por la compra de una empresa, a falta de mayores detalles, podria tratarse de Fondo comercio(213).
Por lo que respecta a los gastos ampliación de capital, corresponde ahora pasarlos a la 113-Reservas voluntarias.
Los gastos por "compra de una empresa", faltaria concretar el caso para saber su correcta implicación en el nuevo PGC.
Los próximos importantes gastos de formalización del nuevo préstamo, deberás incluirlos en la nueva norma de contabilización de las deudas por el sistema de coste histórico e interés efectivo, según norma de valoración y registro 9.ª Pasivos financieros.
Te dejo un enlace que explica al sistema aplicable :
http://www.supercontable.com/envios/boletin20_08.htm#c1

Ampliando un poco lo ya comentado por Petrus, efectivamente, cuando se realizan ampliaciones de capital los trámites que se llevan a cabo son análogos a los seguidos en el proceso de constitución de la empresa. Sólo los gastos esenciales para la realización de este tipo de operaciones, análogos a los apuntados en los gastos de constitución se conocen como gastos de ampliación de capital.
SE DEBEN LLEVAR CONTRA LA CUENTA DE RESERVAS VOLUNTARIAS.
Aunque Hacienda Pública no se ha pronunciado todavía sobre los cambios en el Nuevo Plan Contable, es decír, no sabemos a ciencia cierta qué será deducible en Sociedades y qué no, ten en cuenta el importe que te lleves a la 113 para dártelo como gasto o no, a la hora del I.S.

Sobre la compra de una empresa, ésta se puede hacer de muchas maneras, una de ellas es valorarla como Activo menos Pasivo exigible y crear un fondo de comercio, pero también se puede hacer comprando el 51% del accionariado, con lo cual estaríamos ante activos financieros disponibles para la venta anotándose a valor razonable y como norma general añadiendo los gastos de transacción: agentes, intermediarios, corretajes, etc. De todas formas, este tema es amplísimo.

En cuanto a los gastos de formalización de un nuevo préstamo, éstos deben ser descontados del importe solicitado y a partir de ahí y siguiendo el método del tipo de interés efectivo (matemática financiera) crear el cuadro de amortización. En él, aunque incluyas los intereses, recuerda que estos se devengan cuando se pagan y que ya no hay que tenerlos todos en cuentas almacén, tal y como era la (272), por ejemplo.

Una recomendación particular es que le pidas al banco dicho cuadro como hasta ahora, para ahorrarte cálculos que quizá desconozcas. Adviértele que descuente los gastos del principal y a partir de ahí haga el esquema de amortización.

Un saludo.

TENGO UN SALDO EN LA 270 GASTOS A DISTRIBUIR EN VARIOS EJERCICIOS.¿LO PUEDO QUITAR AMINORANDO EL SALDO DE 114 RESERVAS ESPECIALES?

Hola a todos:
Yo estoy con vosotros en lo que se debe de ir contra la cuenta en la que esta el principal para disminuir la deuda, pero tengo una pequeña duda. Mi problema está en la 272. El programa me ha pasado el saldo que tenía a la 171. Ahora va mi pregunta. ¿Tengo que calcular la TIR y con ello otra nueva tabla de amortización? ¡Qué lío............!