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GASTOS DE UN ALQUILER

Hola a todos:
la empresa en la que trabajo, ha alquilado una nave de su propiedad, y quisiera saber qué hago con las facturas de la luz y del agua, que quisiera seguir teniendo el contrato a nombre de la empresa pero, el gasto quisiera que lo pagara el inquilino. ¿se lo puedo facturar junto con el alquiler? ¿cómo suele hacerse normalmente?
Gracias.

Si existe la conformidad de que los consumos de energia vayan a cargo del arrendatario, éstos pueden añadirse a la factura del alquiler, como conceptos marginales debidamente detallados, tomando el importe de la base imponible de los recibos de las Cias. Suministradoras.Por el total del alquiler, más estos otros complementarios, resultará la base imponible de vuestra factura sobre la cual deberá calcularse el IVA repercutido.

Así lo había pensado pero mi duda es, si siendo nuestra actividad totalmente distinta, ¿podemos facturar por suministros? ¿lo facturo como complemento al alquiler? y si es así,¿cómo contabilizo luego la factura? ¿toda como ingresos por arrendamientos (752)?
Gracias de nuevo.

No hay ningún inconveniente en incluir estos cargos en la factura de alquiler.No por ello te estás convirtiendo en empresa distribuidoa/comerciliadora de energia, sino simplemente repercutiendo unos costes en base a un pacto contractual.
En cuanto a su contabilización , puedes dejarlos inmersos como ingresos dentro de la 752-Ingresos por arrendamientos, o bien desviarlos en abono a la cuenta de gastos en donde los has soportado, es decir presuntamente, la 628-Suministros.

Me lo has dejado superclaro, MUCHAS GRACIAS!!!!!