DILIGENCIA DE EMBARGO
Enviado por noaaaa el Mié, 01/10/2008 - 20:58
Hola buenas tardes, alguen me podria aydar a contabilizar una diligencia de embargo puesta por el ayuntamiento de BCN por el inpago del impuesto de recogida de residuos urbanos del año 2007.
Muchas gracias
Pués nada,la ejecución del
Pués nada,la ejecución del embargo supongo que consistirá en el cobro forzado sobre cuenta a vuestro nombre en alguna entidad bancaria.
El asiento:
Debe: 631-Otros tributos (el nominal del tributo)
678-Gastos excepcionales( los recargos penalizadores)
669-Otros gastos financieros( intereses demora,en su caso)
Haber:572-Bancos
Los importes penalizadores en la 678 deberás tener en cuenta que nos son deducibles a efectos del Impuesto sobre Sociedades.
Gracias
Muchas gracias Petrus,
Por responderme tan rapido y ecsplicarme lo tan claro y completo.
Saludos