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ingresos excepcionales en el mod 130

Tengo unos ingresos excepcionales de ingresos que hicieron unos clientes que al final no han correspondido a nada, bueno el caso es que al hacer ahora el mod 130 ¿en los ingreos de la actividad también incluyo estos ingresos no?

De la carátula de instrucciones del mod. 130, se lee :

"Casilla 01. Consigne la TOTALIDAD DE LOS INGRESOS INTEGROS fiscalmente computables procedentes de las actividades económicas a las que se refiere este apartado y que correspondan
al período comprendido entre el primer día del año y el último día del trimestre.

Por todo ello, creo que se debe interpretar, TODOS los ingresos,sean de la naturaleza que sean, los excepcionales inclusive.