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Compensar comisiones

Buenas tardes,

somos una empresa que vende a través de comisionista en Alemania, es decir, venta que realizamos en Almenania nuestro agente se lleva el 10%.
El registro contable que realizamos es el siguiente por ejemplo;

Debe:
10.000 (430)
1000 (623)
Haber:
10.000 (700)
1000 (4109)---> provisionamos el gasto de comisión ya que no nos envía factura hasta pasado un tiempo.

A su vez a este agente le vendemos nuestros productos (en este caso no genera comisión), por ejemplo:
Debe:
300 (430)
Haber:
300 (700)

La cuestión que os planteo es la siguiente:
¿Se podría liquidar la 430 con la 4109?
Aunque creo que no, pienso que la forma más correcta sería que cuando nos enviara la factura hicieramos lo siguiente:
Debe:
1.000 (4109)
Haber:
1.000 (4100)

Y a la hora de liquidar;
Debe:
1.000 (4100)
Haber:
1.000 (572)
ó
700 (572)
300 (430)

La cuestión es que quiere que liquidemos sus comisiones con sus ventas, pero no estoy seguro de como hacerlo.

Saludos.

Lo que entiendo que pretendes es compensar los pagos que os haceis.
También puedes usar la cuenta de caja para realizar la compensación y llevar a banco el saldo.
Así tienes un solo apunte que conciliar y sus cuentas 410 y 430 saldadas con caja.

En cualquier caso, pasada la compensación por Caja, o bien directamente entre Clientes y Proveedores, siempre deberá existir la factura recibida de vuestro comisionista, por el coste de su intermediación.

Muchas gracias por vuestra aclaración.

Saludos.