Modificados los modelos de cuentas anuales para su presentación en el Registro Mercantil
Enviado por Editorial el Jue, 06/02/2014 - 13:38El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy, día 6 de febrero de 2014, dos Resoluciones por las que se modifican los modelos de cuentas anuales consolidadas y los modelos de cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
La primera de ellas modifica la OrdenJUS/1698/2011, de 13 de junio, por la que se aprueba el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas, y se da publicidad a las traducciones de las lenguas cooficiales propias de cada Comunidad Autónoma como consecuencia de reformas puntuales en la normativa contable. En primer lugar, la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, estableció la posibilidad de realizar una actualización de balances y la Consulta 5 del BOICAC núm. 92 de diciembre de 2012 aclara que la actualización de dichos balances tendrá carácter retroactivo, sin solución de continuidad, a partir del 1 de enero de 2013. Por otro lado, la Resolución de 28 de mayo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible establece nuevos detalles a suministrar por las empresas en el balance, y en la cuenta de pérdidas ganancias del modelo de depósito de cuentas consolidadas. También se actualizan la definición de los test de errores debido a cambios en los modelos y a la corrección de erratas.