Doctrina Administrativa

Doctrina Administrativa

Operación de venta de mercaderías con entrega posterior. NRV 14.ª

Consulta 1, BOICAC 101 de Marzo de 2015

Sobre el tratamiento contable de una operación de venta de mercancía a un cliente extranjero, y la firma de un contrato con una financiera extranjera de venta con pacto de recompra de dicha mercancía.

Respuesta:

La empresa A fabrica un producto y su cliente, para financiar la operación, le propone emplear el siguiente procedimiento. Según afirma el consultante, cuando la mercancía está terminada se la vende con pacto de recompra a una entidad financiera extranjera que pasa a obtener la titularidad del activo junto con “todos los riesgos y derechos que deriven de tal condición” y, además, es la beneficiaria de la póliza del seguro. Como contrapartida, la financiera extranjera paga a la empresa A el importe pactado en el contrato con el cliente, que también está radicado en el extranjero. No obstante la mercancía físicamente sigue en el almacén de la empresa vendedora A.

Imputación a resultados de una serie de legados recibidos por una entidad sin fines lucrativos. NRV 20.ª. Resolución del ICAC de 26 de marzo de 2013

Consulta 6, BOICAC 100 de Diciembre de 2014

Sobre el adecuado reconocimiento e imputación al excedente del ejercicio de unos legados de carácter no reintegrables recibidos por una entidad sin ánimo de lucro, conforme a lo dispuesto en la norma de registro y valoración (NRV) 20ª del Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos (PCESFL), aprobado por la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 26 de marzo de 2013.

Respuesta:

El consultante describe una serie de casos en los que una entidad sin fines lucrativos acepta varios tipos de legados de carácter no reintegrable: o bien el testador lega un inmueble especificando el destino o uso del mismo, o dejando a la voluntad de la entidad la determinación del mismo; o bien lega efectivo, para adquirir un inmueble (especificando o no el destino o uso del mismo), o para destinarlo al uso que determine la entidad. En este último caso, la entidad decide adquirir un inmueble para el uso que estime más conveniente.

Tratamiento contable de la inversión en instrumentos de patrimonio en una empresa que aplica el PGC Pymes. NRV 8.ª

Consulta 5, BOICAC 100 de Diciembre de 2014

Sobre el tratamiento contable de determinados activos financieros (acciones, fondos de inversión y otras participaciones en instituciones de inversión colectiva), en el caso de una empresa que aplica el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (PGC-Pymes), aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.

Respuesta:

La consulta versa sobre la clasificación contable y, en consecuencia, los criterios aplicables en la valoración de los siguientes instrumentos de patrimonio: la inversión en el capital social de una sociedad de inversión de capital variable (SICAV), en participaciones de fondos de inversión y en acciones.

Corrección de valor en una cartera de acciones cotizadas que posee una fundación, parcialmente adquiridas a título gratuito. NRV 20.ª. Resolución del ICAC de 26 de marzo de 2013

Consulta 4, BOICAC 100 de Diciembre de 2014

Sobre diversas cuestiones relacionadas con las correcciones valorativas a efectuar en la cartera de acciones cotizadas que posee una Fundación.

Respuesta:

La Fundación tiene en su activo acciones cotizadas de una entidad financiera y elabora sus cuentas anuales de acuerdo con la Resolución de 26 de marzo de 2013 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos. Las acciones están incluidas en la cartera de activos financieros a coste y son homogéneas entre sí. Parte de dicho grupo de acciones se ha adquirido por compra y el resto se han recibido por donación, figurando el importe de éstas últimas como ingreso en el patrimonio neto dentro del subgrupo 13.

Dispensa de la obligación de consolidar por razón de tamaño cuando una de las sociedades del grupo ha dejado de tener sus valores admitidos a negociación. Arts. 7 y 8 NFCAC

Consulta 3, BOICAC 100 de Diciembre de 2014

Sobre la obligación de formulación de cuentas anuales consolidadas cuando una de las sociedades dependientes del grupo ha dejado de cotizar en un mercado regulado de la Unión Europea.

Respuesta:

La sociedad dominante de un grupo de sociedades españolas ha formulado cuentas anuales consolidadas en los ejercicios anteriores de acuerdo con las normas internacionales de información financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE) debido a que una de las sociedades dependientes del grupo tenía deuda subordinada emitida en un mercado regulado de la UE.

Cesión gratuita de elementos del inmovilizado material a los clientes. NRV 8.ª y 14.ª

Consulta 2, BOICAC 100 de Diciembre de 2014

Sobre el adecuado tratamiento contable de la cesión gratuita de instrumentos de análisis clínico a cambio de la compra de reactivos.

Respuesta:

Una empresa dedicada a la venta de reactivos cede gratuitamente instrumentos de análisis clínico a centros sanitarios por un periodo de tiempo determinado a cambio del compromiso contractual por parte de los citados centros de adquirir los reactivos con los que se realizan los análisis, de acuerdo con unos mínimos establecidos. Según manifiesta el consultante, se entiende que con la venta de los reactivos se compensa el coste de la cesión de los instrumentos y, adicionalmente, si no se llega a un consumo mínimo, los aparatos pueden ser retirados antes del periodo convenido de cesión.

Sobre el alcance de los nuevos parámetros referentes a la formulación de cuentas anuales abreviadas, incorporados en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores

Consulta 1, BOICAC 100 de Diciembre de 2014

Sobre el alcance de los nuevos parámetros referentes a la formulación de cuentas anuales abreviadas, incorporados en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), por la ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Respuesta:

El artículo 49 “Formulación de cuentas anuales abreviadas” de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE de 28 de septiembre), de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en su apartado uno, dispone que:

Contabilización de una Sentencia desfavorable que obliga a dos empresas del mismo grupo. NRV 15.ª

Consulta 2, BOICAC 99 de septiembre de 2014

Sobre la contabilización de una sentencia desfavorable a dos empresas pertenecientes al mismo grupo.

Respuesta:

Dos sociedades pertenecientes al mismo grupo han sido condenadas a pagar un importe elevado de forma solidaria, fruto de una sentencia desfavorable que afecta a ambas empresas. La consulta versa sobre cómo habría que reflejar contablemente la obligación de pago en cada una de las sociedades.

Gastos de estudio y exploración de recursos mineros. NRV 5.ª y NRV 6.ª

Consulta 3, BOICAC 99 de septiembre de 2014

Sobre el tratamiento contable de los gastos de estudio y exploración de recursos mineros.

Respuesta:

La consulta versa sobre el tratamiento contable que debe aplicar una sociedad para registrar los gastos incurridos en trabajos de estudios y exploración previos a una posible concesión administrativa para explotar unos recursos mineros y si estos gastos son objeto de capitalización.

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