[Descarga Gratuita] 7 puntos a tener en cuenta para realizar el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil

Publicado el 16/06/2021

Las cuentas anuales deberán ser aprobadas por la junta general ordinaria, que debe ser previamente convocada al efecto, para reunirse dentro de los 6 primeros meses del ejercicio. Una vez aprobadas, se deben presentar para su depósito en el Registro Mercantil del domicilio social, dentro del mes siguiente a su aprobación, según se especifica en el artículo 365.1 del Reglamento del Registro Mercantil y en el 279 de la Ley de sociedades de capital (LSC).

Sin embargo, a pesar de esta obligación, no son pocas las empresas que no realizan el depósito de sus cuentas anuales, algunas por dejadez, otras porque intentan de esta manera ocultar su situación real y otras porque no tienen ninguna actividad, utilizándose incluso algunas de estas sociedades con fines delictivos.

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