Sobre la obligación de publicación del informe de la disposición adicional undécima de la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas, acerca del impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga
Enviado por Editorial el Mié, 21/01/2026 - 13:14Consulta 5, BOICAC 144 DE DICIEMBRE DE 2025.
Consulta: Sobre la obligación de publicación del informe regulado en la disposición adicional undécima de la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas, acerca del impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga por parte de determinadas empresas y sucursales.
Respuesta:
La sociedad consultante es una sociedad residente en España que forma parte de un grupo multinacional cuya matriz tiene su residencia fiscal en Italia. Este grupo ha superado el umbral de 750 millones de euros de ingresos consolidados durante los dos ejercicios fiscales anteriores, lo que activa la obligación de elaborar y publicar un informe relativo al impuesto sobre sociedades de acuerdo con la Directiva (UE) 2021/2101 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2021, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información relativa al impuesto sobre sociedades por parte de determinadas empresas y sucursales. El informe será elaborado por la matriz italiana cumpliendo con la legislación italiana, que establece un plazo de 12 meses desde el cierre del ejercicio fiscal.




