EL ICJCE creará un Servicio de Mediación de los Auditores

EL ICJCE creará un Servicio de Mediación de los Auditores

Los auditores que deseen realizar la labor de mediadores mercantiles contarán gracias al Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) con el Servicio de Mediación de los Auditores (SMAS). Este servicio se creará con el objetivo de que los auditores interesados en la prestación de esta nueva función reciban del Instituto todo el soporte técnico, legal y formativo necesario para convertirse en mediadores mercantiles y desarrollar esta actividad.

La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación de asuntos civiles y mercantiles se aprobó con la finalidad de favorecer la mediación como instrumento complementario de la Administración de Justicia, tal y como ya sucede en algunos países de nuestro entorno. En su artículo primero se define la mediación como “aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador”. Así surge el mediador como figura clave para lograr acuerdos y evitar costosos y largos procesos judiciales.

El ICJCE se inscribirá en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación dependiente del Ministerio de Justicia y creará el SMAS, el cual será un sistema transparente, ágil y eficiente para la designación de mediadores y contará con:

  • Un Departamento de Mediación, responsable de dicha materia y todos aquellos aspectos relacionados con ella.
  • Un programa de formación inicial y continua de mediación. El Departamento de Formación va a poner en marcha, en los próximos días, un curso de formación sobre mediación, en materia concursal y mercantil, para que aquellos auditores que lo deseen puedan conseguir la habilitación necesaria como mediadores.
  • Un programa de asistencia técnica y legal exclusivo para los asociados inscritos al SMAS.

Acceso fácil, a través de la web del ICJCE para los inscritos del SMAS, a las plataformas electrónicas y digitales, y programas necesarios para el desarrollo de la actividad de mediación de los inscritos.

Fuente: ICJCE