Auditoría: modificación de los modelos 02 y 03, de información a remitir por los auditores ejercientes y sociedades de auditoría, respectivamente

La Resolución del ICAC de 29 de junio de 2012 aprobó los modelos 02 y 03, de información a remitir por los auditores de cuentas ejercientes y sociedades de auditoria, respectivamente.  Ahora, la Resolución del ICAC de 25 de julio de 2014, ha modificado dichos modelos.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 2012:

  • El modelo 02 se remitirá a ICAC durante el mes de octubre de cada año, en relación a los doce meses anteriores, por los auditores de cuentas que se encuentren inscritos en el ROAC en situación de ejercientes a título individual a 30 de septiembre de cada año.
  • El modelo 03 se remitirá, igualmente al ICAC, en el mes de octubre de cada año y en relación a los doce meses anteriores por las sociedades de auditoria inscritas en el ROAC a fecha de 30 de septiembre de cada año.

Ambos modelos pueden presentarse telemáticamente desde octubre de 2013.

La no remisión de ambos modelos dentro de los plazos establecidos, siempre y cuando no hayan transcurrido tres meses desde la finalización de los plazos anteriores, será considera como infracción leve.  Si hubiesen transcurridos tres meses  o mas será considerada como infracción grave.

La modificación mencionada anteriormente consiste en delimitar mas claramente el carácter de interés publico de las empresas de servicios de inversión para lo que se ha modificado su ubicación dentro del modelo. Asimismo, se ha excluido como tipo de entidades a las emisoras de valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales, sometidas al régimen de supervisión y control atribuido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Esta modificaron entrará en vigor para los modelos presentados a partir de 1 de octubre de 2014.