9. Combinaciones por etapas (participaciones previas)

Aborda la norma 19.ª en la sección 2.7 los problemas derivados de las participaciones previas en la entidad o negocio adquirido bajo la rúbrica «combinaciones de negocios realizadas por etapas». El método contable previsto consiste en lo siguiente:

  1. El coste de la combinación es igual a la suma de los costes de las transacciones individuales.
  2. El fondo de comercio de la operación se determina «paso a paso», comparando el coste de cada inversión con el valor razonable neto de los activos y pasivos de la adquirida que cumplen las condiciones de reconocimiento en las fechas respectivas.
  3. La diferencia entre el valor razonable de la participación de la adquirente en los elementos de la empresa adquirida en cada una de las fechas de las transacciones individuales y su valor razonable en la fecha de adquisición se lleva a reservas, neto del efecto impositivo.

Si la inversión se contabilizó previamente a valor razonable, se eliminarán previamente los ajustes por valoración, para dejar la participación por su coste inicial.

No se ocupa la norma de las acciones o participaciones propias que reciba la adquirente como parte del patrimonio adquirido. Si la forma legal de la operación refleja adecuadamente su sustancia económica (la adquirente es la absorbente o la beneficiaria), no se precisan reglas particulares, dado que dicha autocartera se valora en contabilidad a valor razonable, que es el mismo valor que se le ha debido dar a efectos de canje. No es así, en cambio, si se trata de una operación cubierta por la norma 21.ª, ni en los supuestos de adquisición inversa, para los que apenas se proporcionan reglas.

 

EJEMPLO 10

Inversiones previas en la adquirida calificadas como disponibles para venta

La sociedad «A» compró el 25% del capital de «B» el 1 de enero de 2008, pagando 5.000 u.m. La adquisición no supuso adquisición de influencia notable, y se clasificó como disponible para la venta. El 1 de enero de 2010, «A» absorbe a «B» emitiendo 1.000 acciones ordinarias de valor nominal 10 u.m., a su valor razonable unitario de 21 u.m. Los valores contables y razonables en las fechas de referencia se indican seguidamente (se ha preferido omitir los efectos impositivos por razones de espacio):

 

Concepto
1 de enero 2008
1 de enero 2010
Valor contable
Valor
razonable
Valor contable
Valor
razonable
Inmuebles 10.000 15.000 10.000 18.000
Otros activos 5.000 5.000 6.000 6.000
Total activo 15.000   16.000  
Pasivos 4.000 4.000 3.000 3.000
Capital 5.000   5.000  
Reservas 6.000   8.000  
Total pasivo y patrimonio 15.000   16.000  

 

Aplicando las reglas expuestas se obtiene un fondo de comercio de:

 

Coste de la participación 5.000 21.000
Menos: participación del adquirente en el valor razonable neto de los activos y pasivos de la adquirida –4.000 1 –15.750 2
Fondo de comercio reconocido 1.000 5.250

1 El 25% del valor razonable neto de los activos y pasivos de «B» a 1 de enero de 2008.

2 El 75% del valor razonable neto de los activos y pasivos de «B» en la fecha de la combinación.

 

Suponiendo la aplicación continua de las reglas de valoración de la norma 9.ª hasta la fecha de la combinación, la participación estará valorada (suponiendo que estamos ante una transacción entre partes independientes) por su valor razonable de 7.000 u.m. (0,25 x 21.000/0,75 = 7.000 u.m.), habiéndose reconocido plusvalías no realizadas en patrimonio por valor de 2.000 u.m. (7.000 - 5.000) que se reclasifican como reservas. Los apuntes contables que se realizan son los siguientes:

 

Concepto Debe Haber
Ajustes por activos financieros disponibles para venta (1330) 2.000  
Inversiones a l/p en instrumentos de patrimonio (250)   2.000

 

Concepto Debe Haber
Inmuebles 18.000  
Otros activos 6.000  
Fondo de comercio (204) 6.250  
Pasivos   3.000
Socios de sociedad disuelta (5530)   27.250

 

Concepto Debe Haber
Socios de sociedad disuelta (5530) 27.250  
Reservas voluntarias (113)   1.250
Inversiones a largo plazo en instrumentos de patrimonio (250)   5.000
Capital (100)   10.000
Prima de emisión o asunción (110)   11.000