Fiscalización de las contabilidades de las elecciones locales y autonómicas

El BOE ha publicado la Resolución de 31 de marzo de 2015, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno, de 26 de marzo de 2015, que aprueba la Instrucción relativa a la fiscalización de las contabilidades de las elecciones locales y autonómicas de 24 de mayo de 2015.

En dicha Resolución se especifica la documentación que las formaciones políticas han de remitir al Tribunal en cumplimiento de lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General  (LOREG) y en las distintas leyes autonómicas de régimen electoral, así como una breve referencia a los criterios que se prevé aplicar en la fiscalización de la contabilidad electoral derivada de las elecciones que han de celebrarse el 24 de mayo de 2015.

El programa de fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas para el año 2015 incorpora la fiscalización de las contabilidades correspondientes a campañas electorales que se celebren en el presente ejercicio cuyo examen esta atribuido al Tribunal de Cuentas.

El Tribunal de Cuentas resolverá proponer la no adjudicación o, en su caso, según proceda, la imposición de sanción ó la reducción de la subvención electoral a percibir por las formaciones políticas en el caso de que se hubiesen apreciado irregularidades en las contabilidades o violaciones de las restricciones establecidas en materia de ingresos y gastos electorales. El resultado de la fiscalización comprenderá la declaración del importe de los gastos regulares justificados por cada formación política, según se contempla en el artículo 134.3 de la LOREG, importe que no podrá ser superado por la subvención que pudiera derivarse de los resultados electorales.