Nuevos modelos de cuentas anuales: cambios clave para 2025
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública actualiza los modelos contables para adaptarse a reformas normativas y facilitar la reformulación por pérdidas COVID.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha aprobado nuevas modificaciones en los modelos oficiales de presentación de cuentas anuales en el Registro Mercantil, recogidas en la Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. Las modificaciones responden tanto a reformas normativas recientes como a la necesidad de reflejar adecuadamente la reformulación de cuentas derivada del Real Decreto-ley 4/2025, que permite excluir las pérdidas de 2020 y 2021 a efectos de disolución societaria.
Entre los principales cambios destacan:
- Inclusión del código IRUS, un identificador registral único obligatorio en la solicitud de presentación y hoja de identificación, en cumplimiento de la Orden HAC/646/2024.
- Incorporación del nuevo código CNAE 2025, con asistencia para su conversión desde el CNAE 2009, en línea con la nueva clasificación económica aprobada por el Real Decreto 10/2025.
- Modificaciones en los tests de errores, haciendo obligatorio el código CNAE y voluntario el IRUS.
- Posibilidad de reformulación voluntaria de cuentas ya formuladas, conforme al artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2025, para excluir pérdidas COVID, con obligación de reflejarlo en la certificación de aprobación.
Los nuevos modelos serán de uso obligatorio para todas las cuentas anuales presentadas tras la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado. La versión actualizada estará disponible en la web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, así como en la del Colegio de Registradores.