Modificación de la normativa que regula la información a remitir a la CNMV por las Empresas de Servicios de Inversión, Sociedades Gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva y Sociedades Gestoras de Entidades de Capital-Riesgo

Como consecuencia del mayor y mas fácil acceso a instrumentos financieros complejos por clientes minoristas que, tradicionalmente, solo adquirían inversores profesionales, se ha incrementado la dificultad de una adecuada aplicación de las normas de conducta contempladas en la normativa vigente y, consecuentemente, la preocupación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores por asegurar una correcta protección de los inversores. Adicionalmente, el ejercicio de las tareas de supervisión temprana requiere la disponibilidad de información con la mayor inmediatez posible.

Teniendo en cuenta lo anterior se ha aprobado y publicado en el BOE la Circular 3/2014, de 22 de octubre cuyo objetivo es actualizar la información recabada mediante los estados reservados establecidos por la Circular 1/2010, de información reservada de las entidades que prestan servicios de inversión , de forma que se incrementa la periodicidad con que determinadas entidades deberán remitir determinados estados reservados, pasando a ser trimestral además de anual, consiguiendo con ello una mayor eficiencia en el desarrollo de una actuación supervisora temprana y preventiva.

También se modifican algunos modelos de estados reservados solicitando información mas precisa respecto a determinadas características de los instrumentos financieros y se homogeneiza otra información que se venia recabando.

Por otra parte, se modifica la Circular 7/2008 sobre normas contables, cuentas anuales y estados de información reservada de las Empresas de Servicios de Inversión al objeto de evitar duplicidades con determinados estados reservados que las sociedades y agencias de valores y sociedades gestoras de carteras deben remitir.