Modificación de tipos impositivos en el IVA y sus efectos sobre las operaciones sujetas

Modificación de tipos impositivos en el IVA y sus efectos sobre las operaciones sujetas

En el presente artículo el autor analiza los principales aspectos que la modificación de los tipos impositivos en el IVA tiene sobre las operaciones sujetas al impuesto.

La delimitación temporal del momento en que se produce el hecho imponible es el paso previo para concretar el tipo impositivo que aplicaremos a las operaciones. La Ley del IVA no distingue entre devengo del impuesto y exigibilidad del impuesto, regulando ambos aspectos en un mismo precepto, y ambos momentos inciden en esta concreción del tipo impositivo. Su examen, por tanto, resulta trascendental cuando el legislador introduce alteraciones en los tipos impositivos.

El artículo, partiendo del concepto de devengo y exigibilidad, hace un repaso de las situaciones más importantes que podemos encontrar y analiza las consecuencias que la variación de los tipos impositivos tiene sobre ellas.

Con el objetivo de lograr una mejor comprensión de las distintas cuestiones, se completa la exposición con diversos ejemplos.

Palabras clave: IVA, tipos impositivos, devengo del impuesto, exigibilidad del impuesto, pago anticipado, repercusión del impuesto, operaciones de tracto sucesivo, operaciones intracomunitarias y modificación de la base imponible.

 

Antonio Longás Lafuente
Inspector de Hacienda del Estado

Sumario

  1. Introducción.
  2. Devengo y repercusión.
  3. Operaciones con pagos anticipados.

    3.1. Regla general. Tipo impositivo vigente en el momento en que se produce el pago anticipado.
    3.2. Ejecuciones de obra en las que se producen certificaciones de obra.
    3.3. Entregas de edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas.

  4. Operaciones contratadas o con presupuesto anterior a la realización del hecho imponible.
  5. Operaciones de tracto sucesivo.
  6. Operaciones intracomunitarias y operaciones en las que se produce la inversión del sujeto pasivo.

  7. 6.1. Operaciones intracomunitarias.
    6.2. Deducción en el supuesto de AIB y en aquellos en que se produce la inversión del sujeto pasivo.

  8. Modificaciones de la base imponible de las operaciones sujetas a IVA.
  9. Operaciones con los entes públicos sujetos a la regla de repercusión del artículo 88.Uno, párrafo segundo de la LIVA.

 

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Revista de Contabilidad y Tributación. CEF (RCyT. CEF) Núms. 353-354 (agosto-septiembre 2012)