Publicación de la NIA-ES 540 Revisada y modificación de la NIA-ES 720 Revisada

Aprobada la Resolución de 27 de octubre de 2020, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que publica la Norma Técnica de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, «Auditoría de estimaciones contables y de la correspondiente información a revelar», y la modificación de la Norma Técnica de Auditoría «Responsabilidades del auditor con respecto a otra información».

El IAASB ha revisado la NIA 540 «Auditoría de estimaciones contables, incluidas las de valor razonable, y de la información relacionada a valorar», modificando su contenido de forma sustancial, incluyendo el propio título de la norma, que pasa a denominarse NIA 540 (revisada) «Auditoría de estimaciones contables y de la correspondiente información a revelar», sustituyendo la anterior NIA-540. Por tanto, se ha considerado conveniente incorporar la NIA 540 (revisada) aprobada por el IAASB como norma técnica de auditoría, resultado de adaptación de las normas internacionales para su aplicación en España, NIA-ES 540 (revisada) «Auditoría de estimaciones contables y de la correspondiente información a revelar», en sustitución de la NIA-ES 540.

Por su parte, en la NIA-ES 720 (revisada) «Responsabilidades del auditor con respecto a otra información», publicada por Resolución de este Instituto de 23 de diciembre de 2016, se regula la actuación a seguir por el auditor en relación con la verificación de esa «otra información» y su tratamiento en el informe de auditoría de las cuentas anuales. Dicha otra información, según la adaptación realizada (tal como se señala en la nota aclaratoria que acompaña al alcance de dicha norma), se refiere a estados o documentos que acompañan a las cuentas anuales auditadas y siempre que sean requeridos por una disposición legal o reglamentaria, encontrándose entre dicha información, en particular, el informe de gestión.

Ha resultado necesario modificar la NIA-ES 720 (revisada), a fin de incorporar los criterios de actuación del auditor en relación con la información contenida en el informe de gestión, en particular en los trabajos de auditoría de cuentas anuales de entidades a las que se refiere el artículo 35.2 de la LAC. En este sentido, se consideraba necesaria la modificación de las notas aclaratorias correspondientes en las que ya se incluía el tratamiento específico a seguir por el auditor en relación con el informe de gestión, así como los ejemplos (modelos) de informes a emitir, para recoger los distintos alcances de la actuación del auditor en los casos de entidades a que se refiere el citado artículo 35.2 de la LAC.

En la actualidad se encuentra en tramitación un proyecto de ley, en el que figura una modificación en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, referente al traslado de ubicación del actual contenido del artículo 35.2 al artículo 5.1.f) de dicha Ley. Por tanto, en relación con la NIA-ES 720 (revisada), dado que en la nota aclaratoria primera, al apartado de alcance, y en el ejemplo 1.a) del texto sometido a información pública se hace referencia a este artículo 35.2 de la Ley, se ha optado por modificar esas referencias, haciéndolas genéricas a la Ley, sin precisar el artículo, de forma que en el futuro, cuando ese proyecto de ley sea aprobado, no se requiera una actualización de esta norma.

Ver NIA-ES 540 (revisada) y NIA-ES 720 (revisada) incluida la modificación aqui