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Gastos medico trabajadores

Mi consulta es la siguiente.
En nuestra empresa se nos plantea la siguiente duda. En el caso en que la empresa decida hacerse cargo de los gastos médicos generados por un socio trabajador (operaciones, revisiones, consultas) podria hacerse con total libertad?? Sería considerado como gasto de empresa y deducible ?? Sería necesario disponer de algún documento además de su correspondiente factura para presentarlo ante inspecciones?

Por favor si saben de algún caso agradecería que me lo comentaran.

Gracias.

Los socios trabajadores por cuenta ajena tienen la cobertura sanitaria a través del régimen de la Segridad Social, por la cual se cotiza.
Cuando se acude discrecionalmente a título particular, a otros recursos del mercado libre sanitarios, son gastos domésticos del interesado.
Por ello, no creo que, aún cuando las facturas de estas prestaciones médidas sean expedidas con cargo a la sociedad, puedan resultar deducibles a efectos del I. SS.
En mi opinión y salvo mejor parecer.