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FACTURA DEL AÑO 2006

Saludos, tengo una factura por importe de 3105,78 euros de noviembre de 2006 por compra de ordenador cuyo pago se ha realizado en enero de 2007 por lo que tengo el proveedor descuadrado, ademas tampoco lo puedo desgravar si no lo contabilizo por pertenecer al grupo 2. la pregunta es. ¿ puedo contabilizar la factura en 2007 aun sabiendo que el vendedor cerró su 390 y 347 en el año 2006?, MUCHAS GRACIAS.

Muy buenas,

evidentemente que sí, de hecho debes contabilizarla. Las facturas o mejor dicho el IVA es deducible
como soportado dentro del período de 4 años desde la emisión de la factura. Es decir, el IVA es deducible aunque sea de otro ejercicio en el ejercicio en el que se contabilice, ya que en ocasiones por la circulacion de documentos o por descuido o error u omisión puede extraviarse un documento.
Lo propio hubiera sido que en 2006 provisionaras el gasto, es la obligación contable de reflejar los gastos e ingresos en el momento de su devengo, no en el del pago. Lo que sucede es que en este caso se entiende que si lo hiciste no fue con voluntad propia, ya que dejaste de imputar un gasto que te lastró en IS por su valor (al gasto me refiero evidentemente a la amortización que hubieras realizado). Es por ese motivo que el 347 debe servir para verificar los mayores de operaciones entre clientes-proveedores-acreedores para verificar que no nos faltan documentos, ni a unos ni a otros.
En consecuencia, contabiliza el documento, da de alta el inmovilizado y procede como si un documento de este año fuese.
Si llegaras a tener una Inspección en algún momento dado, la explicación es clara y no tienen porque sancionarte.
Espero haberte ayudado

Salu2

MUCHISIMAS GRACIAS POR TODO.