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impuesto sociedades

hola, tengo una duda, en el año 2006 tuve unos beneficios, como teniamos pérdidas de años anteriores se decidió compensar dichas pérdidas.
-primero dotamos el 10 % de reserva legal y luego con el resto compensamos las pérdidas, aun nos quedan.

mi duda es segun me han comentado deberia haber dotado todos los beneficios a compensar pérdidas, si es asi como lo puedo corregir?

Si en la aplicación de resultados en beneficio, la cuenta de Reserva Legal aún no figura dotada con el 20 % del Capital Social, hay obligación prioritaria de destinar el 10% de beneficio a dotar dicha Reserva Legal, hasta dicho límite. El resto de beneficios, una vez destinado este 10 % del beneficio del año, puede aplicarse a compensar pérdidas de años anteriores.