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SOFTWARE OBSOLETO

amigos, quisiera consultaros la forma de contabilizar la adquisición de un SOFTWARE QUE SE ME HA QUEDADO OBSOLETO, así como la forma de contabilizar la compra de un SOFTWARE TOTALMENTE NUEVO. Me imagino que se contabilizar de diferente forma.

GRACIAS.

Supongo que:
Para registrar la obsolescencia del software:
(D) 670 Pérdidas procedentes del inmov. inmaterial
(cuidadín con las diferencias en el IS)
Para registrar la nueva compra:
(D) 215 Aplicaciones informáticas.