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Liquidaciones IVA

Rogaría consejo a esta situación que planteo:
A mediados de 2007 me he hecho cargo de la contabilidad de una sociedad que, liquidó los pagos fraccionados IVA correspondientes al primer y segundo trimestre erróneamente. Se podría regularizar estas diferencias con el IVA a presentar del cuarto trimestre o es necesario corregir la liquidación de estos IVA´s presentando nuevas declaraciones?

Muchas gracias,

Para mis entendederas, hay que rehacer las liquidaciones.
¡Lo siento!

1- Hay un plazo máximo de 4 años en cuanto a modificaciones de IVA.

Pero en el el caso de que por ejemplo se te pasara alguna factura del primer trimestre o que duplicaras alguna factura de un proveedor, en este caso deverás introducir dicha factura o dicho abono en la liquidación posterior, es decir, los trimestres de iva ya presentados son intocables.

saludos,