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CIERRE DEL EJERCICIO

¿Hay alguien que pueda ayudarme a resolver éste lío, por favor?

Tengo una Sociedad Limitada que ha dado pérdidas los 2 ejercicios anteriores. Por falta de liquidez, el Administrador ha hecho ingresos para cubrir el déficit (se reflejaron en su día en la cuenta 553). Este tercer año,la empresa ha tenido beneficios y antes de hacer el cierre del ejercicio, necesito contabilizar la devolución al Administrador de ese dinero. ¿Podéis darme un pista de cómo puedo contabilizar ésto?.
Gracias por anticipado. La verdad estoy preocupado con este tema.

Y devolverle el dinero a través de la 551.
Esto no tiene que afectar a resultados.

Espera otras opiniones.

salida de caja/banco a cta 551, cancelas la deuda con el administrador y no afecta a pyg

Gracias por vuestro tiempo. Entiendo cómo planteáis las cuestiones, pero quizás he sido yó quien ha formulado la pregunta. El "truco" que busco es que sí afecte a resultados; es decir, que se contabilice como gastos, para evitar el beneficio al cierre del año, por lo menos hasta que el Administrador recupere lo que puso. El tema es que no sé cómo contabilizar ese crédito fiscal ¿en el impuesto de Sociedades?, ¿en la contabilidad primero?. Lo siento, se que no es fácil lo que pregunto ya que partimos de que la contabilidad no se hizo bien desde el principio.
Gracias.

vaya no te parece poco lio el que tenemos ahora que tu quieres complicarlo un poco más jajaja ;-), a ver si lo he entendido bien, ahora le devuelves al administrador todas las aportaciones o solo una parte??? o para el año que viene quieres que se mantenga la cuenta 553 (ó 551) abierta con la deuda total del administrador??? no se se me ocurren varias cosas pero no se hasta que punto el "truco" te puede valer. Por una lado tienes la opción de disminuir la deuda del administrador y "jugar" con los gastos de amortización para reducir el beneficio.

Por otro lado puedes contabilizar esa salida de dinero como un gasto de comisión ( por ejemplo) pero entonces no reflejarás la disminución de la deuda que tiene la empresa con el administrador, Yo optaría por la primera opción ya que las amortización siempre te da bastante juego, además este año juegas con la ventaja del cambio al nuevo plan y con las revalorizaciones del inmovilizado, lo que hagas en el 2007 siempre puedes "deshacerlo" en el 2008 justificandolo con los criterios de valoración, no se si te servirá, me gustaría saber que vas a hacer al final, ya por curiosidad jeje

saludos sofi

Me encanta tu sentido del humor!, teniendo en cuenta que en nuestra profesión nos presuponen hombres, pequeñitos, con gafas ajustadas y poco agraciados.
Vale, te lanzo mi idea: ( que conste que es sólo la primera):

Voy a devolverle al Administrador la parte que pueda en base al beneficio neto del año, pero, además,pienso que es todavía posible abrir la 4752 para crear un crédito fiscal e imputarlo en el debe a la 630, o "algo similar".¿Te parece un locura?. Yo, empiezo a "verlo claro", (por supuesto, ésto también es "coña"). Pero, quiero ir un poco más allá. Si creo este crédito fiscal, la siguiente pregunta es: ¿ Qué responsabilidad fiscal tiene una S.L. que tiene activada ésta cuenta y "por cualquier circunstancia" en el próximo ejercicio o en el siguiente, cesa por "fin de actividad" o bien "se deja morir" por no tener actividad, pero sin disolución de la Sociedad Limitada.
Saludos, Sofia.

Por supuesto, el foro está abierto a cualquier idea de todos. Besos.

ufff ay! ay! caña mañanera, afortunadamente no soy como esa descripción, se me han puesto los pelos como escarpias, jejejej, 630 y 4752 son cuentas relacionadas con impuestos y hacienda no se yo si te conviene cargar ese crédito en esas ctas, ten en cuenta que en el plan nuevo la 4752 es HAcienda pública acreedora por impuesto de sociedades, esta es una cuenta mu delicada no crees?, yo tengo mucho cuidado, en mi empresa estamos muy controlados fiscalmente no se cual es el caso de la tuya. Y las devoluciones al socio deben de salir del beneficio neto y pactarse en la junta de accionistas en el apartado de reparto del beneficio. no se yo de todas formas hoy estoy espesita, y si tocas las variaciones de existencia? si las tienes claro, es otra de las partidas de gastos que se suele tocar para "modificar" el beneficio. tengo bastante lio pero intentare pensar en más cosillas

OK. Quieres que afecte al resultado.
¿Y cómo justificas el gasto?
Con respecto a "jugar" con las amortizaciones, si no me equivoco, supone la aparición de diferencias temporarias en el I.S.
Esto significaría que no afecta al cálculo del impuesto.
No me hagas mucho caso porque soy nuevo en estos temas.
A mí me parece más complejo que hacer un simple asiento.

Siento muchísimo no poder ayudar.
Estaré atento a la solución, para el futuro, ¿quién sabe? ;-)

depende de las variaciones que hagas no? yo procuro jugar dentro de las opciones en tablas fiscales, aunque para ser sincera sólo lo hice en una ocasión de necesidad extrema y me oriento un asesor fiscal, yo suelo modificar las variaciones de existencia se las circunstancias lo requieren claro

Vale, parece bastante confirmado. (He tenido la ayuda de Petrus, ¡jO!, muy bueno). Es factible el planteamiento,pero si lo vais a hacer, con cuidadito.

Un saludo y gracias por vuestro interés. Da gusto que la gente se preocupe.

COMO SE COMENTA EL ASUNTO DE LAS APORTACIONES, PUES APROVECHO, SI NO HAY BENEFICIOS SE DEBEN LIQUIDAR INTERESES POR LA APORTACION AL SOCIO, O ESPERAR.ME DICEN QUE LA LEY DE OPERACIONES VINCULADAS OBLIGA ESTE AÑO A LIQUIDAR POR LAS APORTACIONES, UN 6%. PERO SI NO TIENE BENEFICIO LA SOCIEDAD DE DONDE SALDRAN ESTOS INTERESES. PIDO UNA ACLARACION.
GRACIAS.

pos como que no me he enterao lo que vas a hacer jajajajaj pero suerte

Esto me recuerda un cuento de un profesor que comentaba que había 2 tipos de contables, el primero trata de reflejar la realidad económica de la empresa y el segundo es el que le pregunta al dueño: ¿cuánto quiere que le de?
Espero no estemos cayendo en este segundo tipo.

algunos luchamos para que sea asi pero los jefes de administración solemos tener directiva por encima, a quienes se les expone la situación ellos en ultima instancia (Y no sin enfrentamientos por divergencia de opiniones) son los que deciden las pautas a seguir