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COMPENSACION DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS DE EJERCICIOS ANTERIORES

Hola. Acabo de entrar a una empresa que tiene los siguientes saldos en las cuentas 121:

CUENTA EJERCICIO SALDO
1211992 1992 98.833,55
1211993 1993 485,64
1211994 1994 1.678,43
1211997 1997 3.870,35

Esta empresa ha estado tributando en el Impuesto de Sociedades como una sociedad patrimonial (modelo 225), por lo que sólo podía compensarse las bases negativas de los 4 ejercicios anteriores.

¿Qué tengo que hacer con estos saldos si ya no los podemos compensar en futuros impuestos de sociedades? ¿Los dejo en las cuentas 121 o hay que llevarselos a otras cuentas?

Gracias.

solo caducan si se han generado mientras la sociedad era patrimonial, si en el 1992 no lo era se pueden compensar hasta que se cumplan los 15 años

Creo que se está confundiendo la compensación del crédito fiscal de las bases imponibles negativas de ejercicios en pérdida , una cuestión puramente fiscal en el terreno del Impuesto sobre Sociedades, con el registro contable de las pérdidas en las cuentas del sub-grupo 121 y su compensación con futuros resultados en beneficio. Son dos cuestiones diferenciadas, a pesar de que parten de un mismo origen causal.