regla de prorrata
Enviado por Alexis37 el Vie, 11/04/2008 - 13:37
Buenos dias
Estoy un poco liado con la regla de la prorrata, del total del Iva deducible que tengo en el primer trimestre
el 30% no es deducible, mi pregunta es; debo llevar la cantidad no deducible a una cuenta 634? que es lo correcto si no es así.
gracias de antemano por posibles respuestas.
Se debe poner como más
Se debe poner como más gasto a la cuenta en la que se haya puesto el neto de la factura, o sea si se ha puesto a la 600 será el importe neto más un 30% del iva y el 70% restante a la 472.
Yo por lo menos así lo entiendo.