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regla de prorrata

Buenos dias

Estoy un poco liado con la regla de la prorrata, del total del Iva deducible que tengo en el primer trimestre
el 30% no es deducible, mi pregunta es; debo llevar la cantidad no deducible a una cuenta 634? que es lo correcto si no es así.

gracias de antemano por posibles respuestas.

Se debe poner como más gasto a la cuenta en la que se haya puesto el neto de la factura, o sea si se ha puesto a la 600 será el importe neto más un 30% del iva y el 70% restante a la 472.

Yo por lo menos así lo entiendo.