Banner Cursos CEF.- Contabilidad

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

Ayuda con apliación de capital. Mi nota depende de ELLO

Hola!! Soy un estudiante de Economia y me ha tocado en suerte un profesor un poco rarito de contabilidad, y me gustaria que me ayudarais en una cuestión que me ha planteado.
El tema es el siguiente. Tengo una sociedad limitada que desea comprar un Solar (600.000 euros). para ello no dispone del capital suficiente asi que los socios (3) deciden aportar ellos el capital total de la inversión.
Uno de ellos piensa que deberian hacer una ampliacion de capital sin más, ingresando el dinero en la cuenta de la empresa y comprando el solar con este.
A otro que siempre ha sido mas avispado aporta otra idea: "y si nosotros los socios actuaramos como una entidad de crédito y dieramos a la empresa un credito a largo plazo cada uno? entonces mensualmente podriamos cobrar la deuda por parte de la empresa y pagariamos menos del impuesto de sociedades"
El tercer socio eres tu y tienes que solucionar el problema de la empresa de la manera mas eficiente posible.
1.- Analiza las dos soluciones
2.- Es posible realizar la segunda solucion?
3.- existe una solucion alternativa y mejor a estas?
4.- Estructura y analiza los movimientos contables de la empresa con las dos soluciones. Si tu has aportado otra solucion haz lo mismo.
5.- ¿Que solución es la mejor para tu empresa?¿Que trámites tendrias que realizar para llevar a cabo esta solución?

-->no he encontrado otra solucion
-->no se cual es mejor y si la segunda se puede llevar a cabo.
-->tramites¿? me cuesta hasta renovar el D.N.I!!! xD
¿ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR?

Es un tema muy largo el expuesto, pero te puedo ayudar diciendo que el prestamo a l.p. por parte de los socios es viable.
Lo único que hay que tener en cuenta que este prestamo lo tiene que conocer hacienda,a la cual al final de año, según el contrato que se realice, se le tiene que ingresar la retención del 18% de los intereses devengados por el prestamo. Ya que se supone que habrá un contrato firmado por parte de la empresa y cada uno de los socios en el cual se especificará el rendimiento de los intereses y el periodo de liquidación (anualmente o....)
Otra solución podría ser pedir un crédito bancario, pero tal como estan ahora los intereses, no se si saldría a cta.

mil gracias por la respuesta, todo dato me es de gran utilidad, tengo todo el fin de semana para desarrollar este tema, cualquier aportación es oro para mi.

he estado pensando que si se puede realizar esto y formalizando en las condiciones del prestamo un tipo de interes bajo el ahorro de impuestos es descomunal para los socios. Si esto es legal las ventajas de este tipo de ampliación de capital serian obvias.
Pongamos que los socios al mes reparten 3000 euros entre los tres como dividendos. si formalizan un credito en el que la empresa tenga que pagar este mismo importe pero en concepto de amortizacion de credito, ellos estarian ahorrandose el impuesto de sociedades de estos 3000 euros mensuales y pagando en la declaración de la renta de cada uno un 18% de los intereses fijados. Seguro que es legal?
Gracias de antemano.

Por si te puede ayudar como otra solución aunque no esté directamente relacionada con la contabilidad hay que tener en cuenta el asunto del apalancamiento financiero, es decir, la rentabilidad exigida por los socios será mayor que el tipo de interés que te pide un banco.

Esta es la tipica pregunta en una empresa cuando necesita pasta ¿ampliamos capital o pedimos un préstamo?. La respuesta suele medirse en los términos anteriormente expuestos, si estamos tan endeudados que no nos dan pasta los bancos tomamos la opción es clara, ampliar capital pero si nos dan pasta es la opción más rentable para los accionistas que tienen que poner menos dinero (viendolo en términos de rentabilidad para los socios).

Por ello siendo una empresa nueva sería interesante una fórmula mixta. No se si la pregunta de este profesor tiene en cuenta la situación financiera actual o es otro tema. Además ya sabes que los bancos no te suelen prestar más dinero del que tú has puesto en tu negocio. Mas o menos si pones un euro te prestan como máximo otro euro, je,je.

En cuanto a los prestamos de los socios en el antiguo plan se utilizaba la cuenta "Préstamos participativos" y no formaba parte de los fondos propios de la sociedad(creo). Con el nuevo PGC creo que si forman parte de los fondos propios de la sociedad. Aunque mejor confirmalo porque me suena debido a que la finalidad de dicho prestamos cumple la misma función que una ampliación de capital (más o menos con algunas diferencias). No te olvides en la próblematica de que tiene que haber un capital mínimo.

La problematica contable de la ampliación de capital creo que no te supondrá ningún problema.

Y como me he extendido un ratito ... Si prefieres como es un gran "sapo" haz las consultas más concretas para saber sobre que contestarte.

Por supuesto todo esto es mi opinión y la decisión de si tomas algo o no es sólo tuya.

Yo diria que si es legal, aqui en mi empresa hay emprestitos de empresa a empresa y de empresa a socio. De toda manera puedes buscar en la pagina principal del libro digital capitulo 13, aqui también explican casos. Otra cosa más yo no conozco demasiado el tema leasing, pero podrías mirar si se puede realizar y si sale a cta.

Gracias por su comentario, tomo nota y voy a realizar una consulta más concreta.
Entonces tomemos que los socios tienen el dinero en el bosillo (200.000 euros cada uno) y solo tienen que aportarlo a la empresa. Deciden hacerlo con un prestamo a la compañia a largo plazo y que la empresa lo pague en mensualidades de 2.000 al mes para cada uno con un tipo de interes fijo al 0%.

1.- ¿Esto seria legal?
2.- Fiscalmente la empresa y los socios ¿Tienen que entregar algo a hacienda de esta operación concreta?

Creo que el interés 0% no seria legal, porque hacienda lo sabe todo y preguntarian de donde ha salido el dinero y creo que la cosa saldría peor. Ahora me parece recordar que el mínimo para los intereses esta en un 4% apróximadamente.

bueno,pues si al 0 no se puede (buscaré cual es el minimo, gracias por el apunte). Marcamos un 5%. Aún asi la operacion sale redonda dado que de esos 6000 solo declararian en el IRPF el 18% DE LOS INTERESES, y lo que la empresa esta salvando del impuesto de sociedades los 6000 enteros.
¿me estoy confundiendo?

Muy buenas. Sobre este último comentario que haces creo que te confundes en el hecho de que para la empresa la devolución de los 6.000,00 no conlleva ninguna repercusión en el impuesto de sociedades ya que es devolución de préstamo. La empresa si llevaría a resultados el pago de los intereses brutos, al margen de la retención, y esto iría a la renta de los socios. Ya sobre el tema que planteas, desde el principio, claramente si se puede hacer un préstamo de los socios a la empresa, es conveniente registrarlo a nivel de Comunidad Autónoma para darle un mayor efecto legal, aunque también hay la opinión de que el simple pago de intereses con la consiguiente retención ya le da esa efecto de legalidad de cara a Hacienda. Este préstamo si debe devengar intereses, al menos al tipo oficial del dinero, actualmente este tipo de préstamos se suelen hacer al 5 % aproximadamente. En esto la ley cambió, ya que hace tiempo no se solían meter mucho con este tipo de préstamos, pero ante la cantidad de operaciones que se hacían, sobretodo entre empresas, ahora se ha de ser más cuidadoso. Es posible, incluso, que en caso de inspección obliguen a los socios a llevar a su renta los ingresos de los intereses, aunque no los cobren y no permitan a la empresa devengarse el gasto correspondiente, esto es así seguro entre empresas, en caso de inspección no dejan a la empresa devengarse el gasto pero si obligan a la empresa prestataria a anotar los ingresos. Espero haberte sido de ayuda, un saludo.