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IVA REGIMEN AGRARIO

HOLA BUENOS DIAS A TODOS.

MI EMPRESA ESTA EN REG. GNRAL. DE IVA. HA COMPRADO UNOS ARBOLES PARA UNA FINCA QUE TIENE LA EMPRESA.
BIEN, EL PROVEEDOR ME HA APLICADO UN 9% DE IVA Y SU CORRESPONDIENTE RENTENCION DE UN 2%. ESTA RETENCION LA APLICAN DE LA BASE IMPONIBLE + IVA
ME PREGUNTA ES SI ME PUEDO DEDUCIR ESE IVA??? Y SI HAN APLICADO BIEN LA RETENCION. PUES TENGO ENTENDIDO QUE EL IRPF SE CALCULA DE LA BASE IMP. SIN IVA.
EL ASIENTO QUE TENGO PENSADO HACER ES:

219000 INMOV.
472009 IVA 9% A 4751000 IRPF AGRARIO
A 4100000

ALQUIEN ME PUEDE DECIR ALGO, PUES ESTOY MUY LIADA CON EL REG. AGRARIO.
GRACIA

Si estás en Régimen general, no estás sujeta al régimen agrario.
Entiendo que la factura te la han hecho mal.
Deben facturarte con IVA 7% y no con la compensación agraria.
Además, no deberían retenerte por IRPF.
Intenta que te hagan la factura de nuevo haciendo incapié en que no estás sujeta al régimen agrario.

Puedes ojear este link o buscar en tu navegador "ley impuesto valor añadido"
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l37-1992.t9.html#c3

Hola.

Vuelvo con el tema. Estuve hablando con el proveedor y fue mision imposible hacerle entender que yo no puedo deducirme ese IVA.
Entonces he pensado contabilizar la factura por el importe total (sin deducir iva e irpf).
Y mi pregunta es: si estaría bien hecho.
Gracias

Por favor contestarme

Podrías contabilizar el IVA como mayor compra, vale.
El problema lo tienes en el IRPF. Tu proveedor va a declarar que le has retenido ese 2%. Eso significa que tú debes ingresar en Hacienda lo que le retienes.
Si quieres "perder" ese 9% por no dedudirlo, también vale. Es una decisión personal (o no).
¿Sabes el motivo de que se niegue a rectificar la factura?
¿Tienes alguna manera de "convencerle"?

Muchas gracias por contestarme. No, no hay manera me dijo que su asesor es lo que le habia hecho. y que él estaba en regimen especial agrario, que el problema era nuestro que estamos en regimen general.
A raiz de tu respuesta haré lo siguiente:

Iva: lo consiero como mayor valor de la compra. (con lo cual lo pierdo)

IRPF: Crearé una cuenta IRPF AGRARIO y lo declaro en el 110 de este trimestre.

Creo que asi soluciono el problema.
Estas de acuerdo?

¿Está la empresa de acuerdo en perder un 9% de lo comprado?
Contablemente, sería correcto. Pero la decisión es del empresario, no del contable/administrativo.

No tiene nada que ver una cosa con la otra. Tu empresa esta en el regimen general y es correcto. La que esta en el regimen especial agrario es la otra empresa y esta actuando correctamente. Esas empresas tienen derecho a percibir una "compensacion" que en este caso es del 9% y debe soportar una retencion del 2%. Para la empresa que paga esa compensacion se trata de un IVA deducible y se declara en una casilla especial del modelo 300.

Por lo tanto, en tu contabilidad contabiliza esa factura normalmente, deducete el IVA al 9% sin ninun problema y eso si, no te olvides de ingresar la retencion del 2% que le efectuas a traves del modelo 110 al igual que harias con un profesional. Y la retencion esta bien calculada del total mas IVA, ya que para estas empresas esa "compensacion" no es IVA sino mas importe de la venta de sus productos, de ahi que la rentecion sea sobre ese total.

Y el asiento a realizar es tal y como tu mismo has puesto mas arriba. Saludos

muchas gracias

hechicero tiene toda la razón.
Menuda empanada.
Pido disculpas por mi gran error.
Gracias a hechicero por el capotazo.