Regularizacion leasing
Enviado por PEPE333 el Mar, 13/05/2008 - 19:46
Supongamos que se firma un leasing en 2007. En ese ejercicio se imputan contablemente unos gastos financieros de 2.000 euros, sumando la parte financiera de las cuotas del ejercicio un total de 1.500 euros (esos 500 euros se consideran diferencia termporal). Al inicio de 2008 esa diferencia debe corregirse puesto que en caso contrario al contabilizar según el NPGC08 la parte financiera de cada cuota podríamos anotar un gasto ya contabilizado en el año anterior. ¿como se ajusta dicha diferencia?