Banner Cursos CEF.- Contabilidad

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

Ayuda con tarea please ( Marcas Registradas)

Hola me encargaron una tarea de marcas registradas en contabilidad tengo que buscar le definicion que es esta

Una marca registrada o trademark (abreviada con el símbolo ™ o ®) es cualquier símbolo registrado legalmente para identificar de manera exclusiva a uno o varios productos comerciales o servicios.

Dicho símbolo puede ser una palabra o frase, una imagen o un diseño, y el uso del mismo para identificar a un producto o servicio sólo está permitido a la persona que ha realizado el registro de dicha marca o está autorizada por la que lo haya hecho.

Pero lo otro que me encargaron en contabilidad... cuales son LOS ASIENTOS CONTABLES , ¿QUE VAMOS A REGISTRAR?

y por ultimo ¿COMO SE AMORTIZA? esa informacion no la encuentor por ningun lado espero su ayuda y gracias de antemano... bye

Mira la definición de la cuenta 203. Propiedad industrial.
203. Propiedad industrial
Importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al
uso o a la concesión del uso de las distintas manifestaciones
de la propiedad industrial, en los casos en que, por las
estipulaciones del contrato, deban inven tariarse por la
empresa adquirente. Este concepto incluye, entre otras,
las patentes de invención, los cer tificados de protección
de modelos de utilidad pública y las patentes de in troducción.
Esta cuenta comprenderá también los gastos rea lizados
en desarrollo cuando los resul tados de los respectivos proyectos
emprendidos por la empresa fuesen positivos y,
cumpliendo los necesarios requisitos legales, se inscri ban
en el correspondiente Registro.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se cargará:
a1) Por la adquisición a otras empresas, con abono,
generalmente, a cuentas del sub grupo 57.
a2) Por ser positivos e inscritos en el correspondiente
Registro Público, los resultados de desarrollo, con abono
a la cuenta 201.
a3) Por los desembolsos exigidos para la ins cripción
en el correspondiente Registro, con abono, generalmente,
a cuentas del subgrupo 57.
b) Se abonará por las enajenaciones y en general por
la baja del activo, con cargo, gene ralmente, a cuentas del
subgrupo 57 y en caso de pér di das a la cuenta 670.