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PROVISION DE FONDOS

TENGO UNA FACTURA CON EL CONCEPTO DE PROVISIÓN DE FONDOS 50% CORRESPONDIENTE AL PRESUPUESTO PARA EL SUMINISTRO DE MATERIALES EN UNA OBRA COMO LO CONTABILIZO?
SUMAN: 13.000 EUROS
IVA 16%: 2.080 EUROS
TOTAL: 15.080 EUROS

CON LA 695 LOS 13000 EUROS?

compras 600
a anticipos a proveedores 407

V.M.
AL PAGAR DICHA FACTURA:
407 A 57
Y CUANDO SE RECIBA A CONFORMIDAD LOS MATERIALES
60.. A 407

Esta "provisión de fondos" en realidad es un anticipo a proveedores.
Su contabilización:
Por la factura:
Debe: 13000 407-Anticipos a provedores
2080 472-IVA soportado
Haber: 15080 400-Proveedores
Por el pago de la factura del anticipo:
Debe: 15080 400-Proveedores
Haber: 15080 570/572-Tesoreria
Al recibo del material, el proveedor descontará en factura el anticipo, sobre el valor total del suministro, contabilizándose:
Debe: 26000 6xx-Compras o gastos
2080 472-IVA soportado
Haber: 13000 407-Anticipos a proveedores
15080 400-Proveedores
Por su pago:
Debe: 15080 400-Proveedores
Haber: 15080 570/572-Tesoreria

La forma de contabilizar de Petrus es como siempre, elegante e impecable, el problema es que en el día a día de las constructoras no siempre se tiene un departamento independiente para llevar los costes si no que la misma contabilidad sirve de analítica de la obra en sí y muchas veces se tiene la necesidad de llevar el coste de la obra al día para información de los jefes de obra, lo cual llevaría a muchos rompederos de cabeza si no se imputara directamente a gastos (ya sé que no es estrictamente correcto)pero no veo que tenga problemas fiscales más que al final del ejercicio, momento en que sí se debieran hacer constar.

Otro problema añadido es el tiempo y el trabajo a tratar (que a veces desborda) por lo que se tiende a tomar atajos o compromisos que no comprometan la realidad si no a la forma.

Mi experiencia al respecto es contabilizar directamente a Proveedores sin pasar por la cuenta de anticipos, indicando eso sí que es una factura "a cuenta", de esa forma se previenen descuidos de pagar cantidades ya entregadas ya que en su cuenta figurarán todos los movimientos y se verá en todo momento lo realmente facturado.

Lo correcto de todas formas es lo dicho por Petrus.

La contabilización del anticipo por parte de Petrus está bien, pero si yo me pongo a ser más papista que el Papa, diría que en el primer asiento:
Debe: cuenta de anticipos
Debe: I.V.A. soportado
Haber: proveedores
Al ir la cuenta de proveedores al haber, significaría que mi deuda con el proveedor aumenta, lo cual en realidad no está sucediendo. Normalmente los anticipos a proveedores y los de clientes van directamente contra cuentas de tesorería.
Contabilizando de la forma de Petrus, algunos programas informáticos podrían calcular mal el modelo fiscal 347 al sumar la factura con el importe del anticipo más el I.V.A.

Un saludo a todos.

Con el contaplus no habría problema y con el Logic control tampoco, por poner un ejemplo sólo es hacerlo correctamente.

Segundo pasar por tesorería sin pasar por proveedores es muy imprudente y entonces no pasaría por el 347 ni el mayor de la cuenta informaría de lo facturado aunque sea "a cuenta".

La deuda no aumenta, es la que es, o no se lo debe al proveedor la factura aunque sea un anticipo?.

Tampoco perdamos tanto tiempo en este tema que es la mera contabilización de un anticipo al proveedor.

Punto 1:
Debe: Anticipo a proveedor
Haber: Cuenta de Tesorería

ESTE PASO NO ES UNA IMPRUDENCIA

Punto 2:
Se recibe la factura:
Debe: Gastos
Debe: I.V.A.
Haber: Proveedores -------> 347

Punto 3:
Se paga aplicando el anticipo:
Debe: Proveedores
Haber: Anticipo a proveedor
Haber: Cuenta de tesorería.

TAN FÁCIL COMO ESTO Y ¡¡¡¡YA ESTÁ!!!!.

Pues yo pienso Deivid que cualquier tiempo empleado en deshacer un equívoco ,resulta provechoso. Ahí voy :

Punto 1.-
La figura del anticipo solicitado por un proveedor a un cliente, a cuenta de una entrega de bienes o prestación de servicio. es algo más que una simple transacción de flujo monetario. El art. 75. punto 2 de la Ley 37/1992 del IVA establece que los pagos anticipados devengan el impuesto, para lo cual resulta exigente la emisión de formal factura a todos los efectos contables, con base imponible sujeta al impuesto .Por descontado , factura cuyo importe deberá incluirse en lo declarable en el mod. 347 de Operaciones con terceros.
Por lo tanto , si pretendemos realizar una contabilidad ajustada a derecho, deberá registrarse, por el ejemplo que nos ocupa:
Por la factura:
Debe: 13000 407-Anticipos a provedores
2080 472-IVA soportado
Haber: 15080 400-Proveedores
Por el pago de la factura del anticipo:
Debe: 15080 400-Proveedores
Haber: 15080 570/572-Tesoreria
Tal como anteriormente quedó dicho en mi anterior intervención.

Punto 2.-
Cuando el proveedor emite la factura final en ocasión del suministro del bien, DESCONTARÁ del precio total acordado, el importe percibido ya del anticipo, siendo el resto, la base imponible sobre la que se aplicará el impuesto.
Ejemplo:
Total bien entregado .... 26000
Anticipo recibido .......- 13000
Resto base imponible ... 13000
IVA 16 % ............. 2080
TOTAL FACTURA ........... 15080
La contabilización de esta factura final, lo será en base:
Debe: 26000 6xx-Compras o gastos
2080 472-IVA soportado
Haber: 13000 407-Anticipos a proveedores
15080 400-Proveedores
Por su pago:
Debe: 15080 400-Proveedores
Haber: 15080 570/572-Tesoreria

Factura que por su parte también se incorpora naturalmente a lo declarable por el mod. 347. De tal manera pues , si bien en dos fases (anticipo + resto), el total del suministro queda incluido en la declaración del mod. 347.

Como verás, igualmente de fácil, pero pasando por el buen sendero.
Saludos.

Bueno, yo creo que ya hemos aprendido todos varias formas de contabilizar anticipos, que cada cual elija la que más le convenga por unos motivos u otros. Particularmente, continuaré haciéndolo a mi manera puesto que es muy muy sencilla y se acepta por la auditoría.

Saludos a todos.

¡Ah! y un último fleco que se me olvidaba:

Muchas veces el proveedor no descuenta el anticipo en su factura, por razones informáticas: su aplicación de facturación no se lo permite. La aplicación del anticipo se hace en el momento del pago.

¡¡¡¡Bueno y ya punto y final!!!

Gracias a todos por las opiniones vertidas.

Solamente opinar que prefiero la forma que indica Petrus.

Si le convences al proveedor para que te haga su factura de anticipo, vale. Pero en el día a día de las empresas, QUE ES LO QUE REALMENTE CUENTA, te encontrarás con la famosa frase de: "Oye, transfiérele X euros a fulanito como anticipo de facturas". Y fulanito te hará su factura normalmente, SIN DESCONTAR EN ELLA EL ANTICIPO. Tú tendrás que aplicarlo en el pago.

A veces hay que adaptar la Contabilidad a la dínámica de las empresas, a lo práctico, siempre y cuando no alteremos la imagen fiel. No podemos parar la producción de una compañía por tener que esperar una factura de anticipo o por querer perdernos haciendo asientos y asientos.

He auditado decenas de empresas, y en las que funcionan con pagos al contado en la fecha en que se efectúa el servicio, no en fecha factura, los anticipos a proveedores se contabilizan como (407)+(472) a (572). Y lo hacen así porque el servicio que les presta el proveedor es anterior, muy anterior a la recepción de la factura. Y coinciden realización del servicio y pago. La factura en regla llega catorce días después del pago.

Por todo ello, recomiendo e insisto modesta y humildemente: No nos perdamos en querer hacer muchos asientos para reflejar una realidad contable que se puede hacer con menos apuntes. Mientras en cada cuenta se incluya su importe real, la contabilización está bien.

Saludos.

Si son pequeñas cantidades, es posible contabilizar el anticipo sin IVA por supuestas razones operativas. El utilizar una cuenta de anticipo o directamente cargar el proveedor dependera de la cada contable. Cuando te llege la factura, pones del IVA normal y todo se queda cuadrado.
En cuanto al 347, todo queda perfecto.

Esto claro, depende mucho de la importancia de las operaciones y el reflejo final en las cuentas anuales. También dependera de si el administrativo o empresario hace factura para llevarla a la gestoria, y si se encarga de realizar la factura, la haga en condiciones. No utilizaría este metodo, si al final de año quedaran un gran volumen de operaciones en el balance sin facturar. Al final tienes que recomponer los saldos para meter proveedores en deudores, rallandote la cabeza.

Lo del 347 es muy formal si son pequeñas facturas el poner el IVA en el anticipo,aunque, al final, dependiendo de como te hallan facturado contabilizaras el asunto. Todo es cuadrar la cosas al final los saldos de cada proveedor.
Recomiento el metodo de petruss, no cuesta tanto hace rbien las cosas.

Los anticipos, en general, devengan IVA por imperativos legales. Y por lo tanto, deben contabilizarse como "Dios manda", si uno se quiere ajustar a la legalidad.

Hacerlo en plan "chapuza" por ahorro de asientos siempre es posible. E incluso, necesaria, si la diferencia entre el anticipo y la posterior factura fuese solo de pocos dias.

Si el plazo ya fuese de meses, e incluso, ante un cierre de ejercicio, yo aconsejaria se hiciese conforme a la legalidad vigente.

Saludos.

Rogaría que cuando alguien considera que cierto comentario hecho por quien sea es "hacer las cosas en plan chapuza", justificara por qué es una chapuza.

Si esa "chapuza" va por mí, que comenté que algunas empresas que deben pagar por adelantado contabilizan anticipos sin pasarlos por la cuenta del proveedor, (407)+ (472) a (572), debido a razones meramente operativas: Dicho proveedor no tiene tiempo material o su programa informático no le permite emitir facturas de anticipo y prefiere emitir la factura final, que se pase por el Instituto de Auditores Censores Jurados de Cuentas de España donde, amablemente, le diremos qué es una chapuza contable y qué no lo es.

Un saludo a todos.

Posdata: Y como decía Forrest Gump, no tengo nada más que decir.

Yo estoy de acuerdo en que, en la práctica, y sobre todo cuando la diferencia en el tiempo es de pocos o poquisimos dias, se practique una contabilidad de tipo "funcional". Yo soy uno de ellos que lo hace con muchísima frecuencia. Y no me importa en ser un "chapucero" en éstos casos, y en otros muchos.

Pero eso no quita el calificativo de "chapuzas" a todo lo que se salga de la normativa fiscal. Hacienda no distingue en pocos o muchos dias. Yo he opinado respecto a Hacienda. Y soy uno de los practicantes.

Esta establece que todos los anticipos o pagos a cuenta, están sujeto a gravamen por IVA.Y no distingue, o no cita, plazo para ello. Y cuando no se ejecuta conforme a lo legal, sabiéndo uno de sobra que está mal, lo denomino "chapuza". Aunque yo sea uno de ellos que así lo hace constantemente.

Si éste vocablo "callejero" ( que yo mismo reconozco) no gusta a cualquier puritano del lenguaje, no tengo inconveniente en cambiarlo, por ejemplo, por "incorrección". Pero solo para el que se sienta ofendido. Para los demás, no creo necesario, porque doy por hecho que me entienden de sobra. ¿Qué hay de malo en reconocer una chapuza?. En éste caso, de tipo fiscal. Y por extensión, contable. Aunque el Contable, al fin y al cabo, no tenga la más mínima culpa. El contabiliza lo que vé (lo que dice el soporte contable). Esté bién o mal extendido no es su problema.

Y además no necesito pasarme por el ICAC. Me basta con "pasarme" por el Reglamento del IVA (Art.75.Dos)

Saludos.

Puestos a ser "chapuzas" nos estamos olvidando de algo importante y es que si pagamos un anticipo y no nos dan la factura (lo cual por principio yo no haría ya que me enseñaron que sin factura no se paga)yo lo pondría en el debe de proveedores y así cuando fuera a pagar sabría al hacer la comprobación de la cuenta que se le ha entregado una cantidad a cuenta.

Por que haría tal "disparate"? porque Hacienda no me va a poner una multa por no deducirme el iva de una entrega a cuenta ya que he jugado a su favor, otro tema es si la entrega me la han hecho a mí.

Ventajas, menos errores a la hora de pagar (lo cual a veces puede tener mucha importancia), no tener que justificar una deducción sin la factura correspondiente y menos utilización de cuentas "puente" que en la práctica pueden dar problemas.

Inconvenientes no me estoy deduciendo un IVA que por ley me corresponde y sobre todo no estoy periodificando un gasto que en determinadas épocas (cierre del ejercicio por ejemplo) de debe obligatoriamente que realizar.

Mi operativa normal es sobre todo exigir antes del pago la factura a cuenta y exigir que en las restantes facturas se refleje el importe de la obra hasta el momento realizada menos las facturas a cuenta (evita muchos errores).

Si excepcionalmente no me dan factura y tengo que hacer la entrega procederé como arriba indico y a continuación no pararé hasta que me den la factura.

No, no estaba omotida ésta posiblidad. Mi comentario está referido tanto si se trata de una situación, como de otra, aunque sea beneficiosa para quién sea. No deja de estar mal, en cualquier caso, por parte de quién lo practique. Otra cosa diferente, es la práctica habitual, y la relatividad de la situación, es decir, si merece la pena o no, por la diferencia en el tiempo. En ésto último, y en éstas ocasiones, ni entro ni salgo.

Saludos.

Repetiré hasta la saciedad:

Contabilizar un anticipo a un proveedor como (407)+(472) a (572) NO ES UNA INCORRECCIÓN CONTABLE NI UNA CHAPUZA NI QUERER ACABAR PRONTO NI HACER MENOS ASIENTOS NI NADA DE TODO LO QUE SE ESPECULA.
En el Plan General de Contabilidad se reconoce que el movimiento de las cuentas y el nombre que yo les quiera dar a éstas es libre, con una condición, que en las Cuentas Anuales, la 407, por ejemplo, refleje el importe anticipado al proveedor y 572 el saldo en bancos.
Cualquier asiento contable puede hacerse incluyendo el número de cuentas que cada cual crea conveniente. Quien desee dar rodeos y perderse en asientos, que lo haga.

Si alguien ha tenido la oportunidad de trabajar alguna vez con compañías navieras en servicios de importación, éstas requieren el dinero antes de efectuar la entrega -esto va para el que decía que sin factura no se paga- y no emiten facturas de anticipo (sería para ellas una gran pérdida de tiempo que destrozaría su negocio). Esa cantidad es anticipada y yo recibiré la factura, no del anticipo, sino la completa, la que contiene todos los conceptos, una semana después por correo. Me va a llevar exactamente al mismo sitio hacer:
Debe: (407)
Debe: (472)
Haber: (572)
que pasarlo por la cuenta del proveedor:
Debe: (407)
Debe: (472)
Haber: (400)
y luego, cuando me llegue la factura, aplicar el anticipo en los dos casos. Y cuando se produzca le pago de dicha factura TODAS LAS CUENTAS TENDRÁN LOS IMPORTES QUE LES CORRESPONDEN PARA REFLEJAR LA IMAGEN FIEL DE LO QUE HA SUCEDIDO.
Es más, en el ejemplo antes comentado de las empresas importadoras, necesito tener el pase por el banco de la cantidad anticipada el día en que se la he entregado a la naviera, por lo que debo usar la primera opción: (407)+(472) a (572).

Yo desde luego, no voy a decir ni una sola palabra más sobre este tema, que es de parvulario contable y estoy harto de verlo en empresas con buenos informes de auditoría, porque parece mentira que para contabilizar un anticipo a proveedores hemos dado cerca de veinte opiniones. Que si me gusta, que si no me gusta, que si es elegante, que si es práctico, que si es chapuza, que si es funcional, que si es operativo, que si yo también lo hago.

Por el Amor del Cielo, ¡basta ya!, que parece que cada persona que realiza un comentario quiere demostrar que es la que más sabe y eso se hace en la Facultad, no en un foro de ayuda.

Saludos.

Yo nunca me he referido a lo que contablemente esté o no aceptado. Bién o mal.

Sino, simplemente, a lo que señala Hacienda. Eso es todo.

Que uno, a sabiendas que está infrigiendo un precepto fiscal, y a pesar de todo lo hace, sean por las causas, que sean, pués nada, yo lo denomino "chapuza", con permiso. Chapuza fiscal, si os gusta mejor, pero chapuza. Y sino, ahí está la Ley del IVA (Art.75. Dos). Por favor, leerla que no cuesta nada.

Y que conste, que yo también opero así. Que vaya por delante. Pero al pan pan y al vino vino. En toda tierra de garbanzos.

Saludos.