CEF

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

software de gestion y licencias de operacion de la alcaldia

En Latinoamérica se usa una estructura de balance diferente de la española, no se ¿en qué apartado se mete el software de gestion de un megocio? ¿Se trata de un "gasto de constitucion y organizacion de la empresa" dentro de "Cargos diferidos o rubris asimilables"?

¿Y las licencias de la alcaldia para operar el negocio?

muchas gracias

Si ese software lo han comprado, y su vida útil es mayor a 1 año (cosas de la innovación tecnológica) debes incluirlo en Activos Intangibles dentro del activo no corriente.
DEFINICIÓN DE INTANGIBLES.

La norma internacional (NIC 38) define al Activo Intangible como:

- activo no monetario, identificable y sin apariencia física;
- que se posee para ser utilizado en la producción o suministro de bienes o servicios, para ser arrendado a terceros o para funciones administrativas de la empresa.
Un activo es un recurso controlado por la empresa como resultado de sucesos pasados y del que se espera obtener beneficios económicos futuros.
La NIC 38 exige que la empresa sólo puede activar al costo un intangible si se dan conjuntamente las dos siguientes condiciones:

1) es probable que los beneficios económicos futuros lleguen a la empresa y
2) su costo puede ser medido de forma fiable.

Estos requisitos se aplican en el caso que el intangible haya sido adquirido a terceros o cuando el mismo es generado internamente (en este caso la norma incluye algunos criterios adicionales).
Si una partida intangible no cumple con los dos requisitos anteriores el desembolso debe registrarse como un gasto del ejercicio en el que se incurrió.

VALUACIÓN Y DEPRECIACION.

La NIC 38 establece que un activo intangible que cumpla con los requisitos para su activación antes indicados debe ser valuado al costo menos la amortización acumulada y cualquier deterioro del valor del activo.
También es permitido como tratamiento alternativo el valor revaluado (valor razonable correspondiente al activo) menos la amortización acumulada y cualquier deterioro del valor del activo posterior a la revaluación .Para este caso se exige que el citado valor razonable pueda ser determinado con referencia a un mercado activo existente para el activo intangible.
Para considerar si un activo intangible ha tenido desvalorización se debe aplicar la NIC 36 (Deterioro del Valor de los Activos).
Los activos intangibles deben ser amortizados en forma sistemática en los años de vida útil estimados. El método de amortización empleado debe reflejar el patrón de consumo de los beneficios económicos vinculados al activo intangible y si esto no puede realizarse de manera fiable se debe utilizar el método lineal de depreciación.
En principio la vida útil de un activo intangible no puede exceder los veinte años y si se considera que excede ese período se debe indicar en notas a los estados contables las razones y evidencias que hacen considerar una vida útil mayor.
También la NIC obliga a considerar un valor residual cero para los intangibles excepto que haya un compromiso de venta al final de su vida útil o que sea probable que exista un mercado activo para el mismo al final de la vida útil estimada.

EXPOSICION Y REVELACION EN NOTAS
La norma internacional cita como ejemplos de clases distintas de Intangibles a las Marcas, Programas de Computación y aplicaciones informáticas, Concesiones y franquicias, Patentes, Derechos de propiedad intelectual, industrial o de explotación, etc. Establece que se debe indicar en notas los métodos y porcentajes de amortización empleados, conciliación de los valores contables al inicio, movimientos del ejercicio y valores finales y deterioro del valor que hayan experimentado. También se deben revelar en notas las restricciones existentes sobre los intangibles, los generados internamente, las razones que eventualmente llevaron a considerar una vida útil superior a veinte años, los activos intangibles contabilizados según el método alternativo permitido y los desembolsos por investigación y desarrollo reconocidos como gastos en el ejercicio.

muchas gracias, lo que no me queda claro el caracter de la licencia de la alcaldia para operar el negocio

La licencia para operar el negocio es un gasto.
Si es trasladable a 3os y es difícil de conseguir esa licencia, sería un activo en el momento de la venta (pero no lo reconoces en libros, es para negociar el precio de venta del establecimiento comercial)

Muchas gracias